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Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores de Castilla y León. Hasta el 1 Abril 2013


Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores de Castilla y León

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  • Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaResolución de 10 de diciembre de 2012 (BOCyL 14-12-2012) (2.954 kbytes)

Fecha de publicación:

14 de diciembre de 2012

Objeto:

Convocar el Programa de apoyo a Jóvenes Emprendedores de Castilla y León, con la colaboración del Carné Joven Europeo. La finalidad es fomentar y reconocer el espíritu emprendedor entre los jóvenes de Castilla y León, facilitando la implantación de empresas por jóvenes mediante ayudas para la adquisición de aquel material que precisen para el adecuado desarrollo del negocio como material informático, licencias y software de gestión, material de oficina.

El Programa comprende hasta un máximo de 18 ayudas, que consistirán en ayudas para la adquisición de aquel material que precisen para el adecuado desarrollo del negocio, como material informático, licencias y software de gestión, material de oficina, etc.

Se contará con la colaboración de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León (ADE) para el seguimiento, orientación y asesoramiento para la constitución y viabilidad de la empresa a crear.

¿Quién lo puede solicitar?:

Jóvenes que cumplan los requisitos

¿Qué requisitos debo cumplir?:

– No haber constituido una empresa, individualmente o en grupo.

– Tener una edad máxima de 36 años a 31 de diciembre de 2012.

– Residir en cualquier municipio de Castilla y León a la fecha de publicación de la presente resolución.

– Presentar una idea de negocio, integrada en un proyecto viable, según los criterios recogidos en la presente convocatoria, con el objetivo de creación de una empresa.

Cuantía:

  • Las ayudas para la adquisición del material adecuado para el desarrollo del negocio tendrán una dotación económica por cada proyecto seleccionado de 2.000 €.
  • Se podrán seleccionar hasta un máximo de 3 proyectos por que por sus características especiales, (previsión de empleos a crear, innovación, apoyo a servicios a la juventud, etc), podrán ser objeto de una ayuda especial de 5.000 €.
  • No se podrán percibir ambas ayudas, siendo en tal caso aplicable la de mayor cuantía económica.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud, en modelo normalizado, acompañado de la siguiente DOCUMENTACIÓN complementaria:

Memoria descriptiva de la actividad empresarial que se prevé desarrollar, y que comprenderá los siguientes extremos:

a) Actividad empresarial a desarrollar por la empresa proyectada y objetivos.
b) Breve Plan de Viabilidad del negocio a emprender.
c) Descripción de innovaciones en los procesos, productos y servicios que ofrecería la empresa.
d) Previsión de puestos de trabajo a crear y evolución prevista.
e) Repercusión social de la idea de negocio en la Comunidad de Castilla y León.
f) Currículum vitae del candidato/os (máximo 1 folio por candidato).
g) Descripción de los bienes o servicios a los que destinará la ayuda, en caso de ser seleccionado.
h) Cualquier otro dato susceptible de ser valorado positivamente por el jurado, a juicio del interesado.

Sin perjuicio de lo establecido en el punto anterior, podrá requerirse a los candidatos y éstos podrán presentar cualquier documento necesario para aclarar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 15 de diciembre de 2012 hasta el 1 de abril de 2013

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

 Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Instituto de la Juventud de Castilla y León

Que resuelve:

Presidenta del Instituto de la Juventud de Castilla y León

Plazo de resolución:

Plazo máximo de 3 MESES, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo sin que se hubiera notificado resolución, los interesados podrán entender DESESTIMADAS sus solicitudes.

Información adicional:

La Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León (ADE) efectuará el seguimiento y asesoramiento para la efectiva implantación del negocio, durante el primer año de vida de la empresa.

Las ayudas concedidas se podrán hacer efectivas con carácter previo a la constitución de la empresa, sin perjuicio de la obligación de justificación de la ayuda concedida.

Fuente: http://www.jcyl.es/


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