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BECAS para alumnos de Grado y estudiantes de Máster en Castilla y León


Las ayudas convocadas por la Junta de Castilla y León, publicadas en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), son complementarias de las del Ministerio de Educación y Formación Profesional y, por quinto año, también son compatibles con estas. Este año, además de dirigirse a alumnos de nuevo ingreso, también se destinarán a los estudiantes de primer curso de máster en las universidades de Castilla y León. Las modalidades de ayuda se dividen en dos -matrícula y residencia- que podrán ser solicitadas por los interesados desde mañana y hasta el 10 de diciembre, ambos inclusive, a través de una aplicación informática que se encontrará en el Portal de Educación en la sede electrónica de la Administración autonómica. La Consejería de Educación destina a estas becas dos millones de euros, que podrán ser ampliados en 550.000 euros si las circunstancias lo requieren.

La Consejería de Educación pretende con esta nueva convocatoria de ayudas al estudio, dirigida a los alumnos de nuevo ingreso que cursen enseñanzas de grado y, por primera vez, también a estudiantes matriculados en el primer curso de enseñanzas oficiales de máster en las universidades de Castilla y León durante el curso académico 2018-2019, fomentar el acceso y continuidad de los estudios superiores a aquellos que estén en condiciones de cursarlos con aprovechamiento, mediante la concesión de becas al estudio que garanticen, dentro de las posibilidades presupuestarias, la igualdad de oportunidades y la calidad en el rendimiento académico.

Esta convocatoria permitirá a los posibles solicitantes elegir entre dos modalidades de ayuda dependiendo de su situación personal: de matrícula y de residencia. A la primera de ellas, podrá optar los estudiantes matriculados en primer curso de una enseñanza oficial de máster en alguna universidad de Castilla y León y haya obtenido una nota en los estudios previos  que le dan acceso al máster menor de 6,5 puntos, para másteres habilitantes o que sean condición necesaria para el ejercicio de una profesión regulada, y de 7 puntos para los restantes estudios de máster. Esta modalidad estará dotada de la cuantía a la que ascienda el precio de los créditos matriculados según el Decreto de precios públicos que la Junta de Castilla y León publicó en el mes de abril para el curso académico actual. Además del requisito académico antes mencionado, será preciso que la renta familiar neta no supere en el año 2017 los umbrales de 14.112 euros para un miembro computable; 24.089 euros, para dos; 32.697 euros, para tres; 38.831 euros, para cuatro; 43.402 euros, para cinco; 46.853 euros, para seis; 50.267 euros, para siete; y 53.665 euros, para ocho. A partir del octavo miembro se añadirán 3.391 euros por cada nuevo miembro computable.

La ayuda de residencia, por su parte, ascenderá a 1.600 euros, y a ella podrán optar los alumnos de grado que hayan accedido a la universidad con una nota inferior a 6,5 puntos -puesto que con notas de 6,5 y superiores la concede el Ministerio de Educación y Formación Profesional-. De esta modalidad no podrán beneficiarse los solicitantes con independencia familiar y económica, que cursen total o parcialmente enseñanzas en la modalidad a distancia, ni quienes se matriculen en menos de 60 créditos. Además, la renta familiar neta no podrá superar en el año 2017 los umbrales de 13.236 euros para un miembro computable; 22.594 euros, para dos; 30.668 euros, para tres; 36.421 euros, para cuatro; 40.708 euros, para cinco; 43.945 euros, para seis; 47.146 euros, para siete; y 50.333 euros, para ocho. A partir del octavo miembro se añadirán 3.181 euros por cada nuevo miembro computable.

Los estudiantes que deseen optar a estas ayudas deberán cumplimentar la solicitud entre el 9 de noviembre y el 10 de diciembre a través de la aplicación informática disponible en el Portal de Educación ( www.educa.jcyl.es/universidad ) o en la sede electrónica de la Administración (www.tramitacastillayleon.jcyl.es ) y presentarla de manera presencial -en el registro de la Consejería de Educación o en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o de forma electrónica-.

La resolución de la convocatoria se producirá en torno al mes de abril y, en todo caso, antes de los plazos máximos contenidos en la Orden de convocatoria.  Fuente: Jcyl


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