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Trámites para trabajar en un país extranjero. Imprescindible hoy en dia


Debido a que existe una  gran demanda de información sobre los requisitos y trámites que son necesarios para salir a buscar empleo fuera de España,  he considerado  subir este post porque nos puede  ayudar y  aclarar las dudas que tengamos.

La cantidad y características del papeleo dependerán de que se acuda como expatriado de la empresa, trabajador eventual o para buscar «in situ» una nueva ocupación.

Enriquecer el curriculum con una experiencia laboral en el extranjero es una perla para el futuro profesional. Constituye una experiencia única y el reto de adaptarse a otra cultura de trabajo, incluso a un nuevo idioma, que mejora las condiciones para ocupar puestos de mejor categoría en el futuro. La globalización de la economía mundial ha convertido en algo natural trabajar en un país extranjero, donde además los salarios son superiores a los de España. Con todo, salir fuera exige considerar varios aspectos previos y realizar una serie de trámites que pueden resultar farragosos. El papeleo dependerá de la condición laboral en que se deje España: como expatriado de la empresa, trabajador eventual de una compañía extranjera o con la voluntad de buscar en el lugar de destino una nueva oportunidad. No obstante, y como primer trámite, la mayoría de países exige permiso de trabajo o residencia, salvo en el espacio Schengen, en virtud de la libre circulación de personas vigente en la Unión Europea.

Mercados laborales

El desempleo ha llevado a muchos españoles a plantearse trabajar fuera de sus fronteras. Ejercer en determinados lugares comporta ciertas ventajas económicas, ya que los salarios de los países del entorno son superiores a los españoles. Los trabajadores de Reino Unido, Alemania y Holanda cobran el doble que los nacionales, según un informe de la escuela de negocios IESE sobre la evolución del salario en 14 países europeos. Además, un expatriado de una multinacional española gana al menos un 25% más y cuenta con tipos impositivos especiales.

La mayoría de países exige permiso de trabajo o residencia, salvo en el espacio Schengen

Cuando se decide dar el salto, lo primero es elegir destino o que lo elija la empresa para la que se trabaje, en caso de que ésta decida la expatriación:

  • Por mercados laborales, Europa es el ámbito con menos exigencias, al aplicarse el principio de libre circulación de ciudadanos a los miembros del espacio Schengen, aunque no está de más informarse. El Instituto Nacional de Empleo publica en su página web una serie de guías orientadas a trabajar en Europa, así como enlaces a otrosservicios públicos de empleo de la Unión Europea con información útil. Otra fuente donde documentarse es Red Eures, el portal de la movilidad profesional de la Unión Europea. Su página permite búsquedas de trabajo, introducción de curriculum y consecución de información sobre condiciones de trabajo en distintos países europeos.
  • Latinoamérica constituye un lugar atractivo para los licenciados españoles. Apenas hay barreras de idioma y el desarrollo económico de México, Argentina, Chile o Brasil ha animado a muchas compañías españolas a instalarse allí. Telefónica, BBVA, Repsol o Endesa han desembarcado en estos mercados.
  • Para emigrar a su vecino del Norte, Estados Unidos, hay que tramitar un visado temporal o «green card». Esta tarjeta -que en realidad es de color blanco y rosa- permite trabajar en cualquier puesto, pero es difícil obtenerla. Se sortea un número determinado cada año. El servicio de inmigración estadounidense (INS) informa sobre qué tipo de visado se requiere en cada situación. Uno de los primeros trámites que hay que realizar al llegar a Estados Unidos es pedir el número de la Seguridad Social, necesario para todas las gestiones administrativas.
  • Canadá es más flexible en cuanto a legislación laboral, pero como en otros países extranjeros, se requiere permiso de trabajo o residencia, dominar inglés o francés -las lenguas oficiales del país- y homologar el título en el caso de los profesionales. Los más requeridos pertenecen al ámbito de la salud, las tecnologías de la información y la educación.
  • La última década, Asia se ha postulado como un mercado laboral repleto de oportunidades. El vertiginoso crecimiento de China ha llevado a muchas empresas españolas a instalarse allí y a multitud de españoles a emprender una carrera en el país de la Gran Muralla. Para trabajar en el gigante asiático, es obligatorio obtener un visado profesional de clase Z, expedido para periodos superiores a tres meses. Cuando se ha trabajado más de 183 días, el Gobierno chino exige pagar impuestos locales. Sin embargo, hay un convenio con España para evitar la doble imposición que se aplica en los impuestos sobre la renta y el patrimonio.

Cotizar en el extranjero

Uno de los aspectos más relevantes del trabajo en el extranjero es el de la Seguridad Social. Para quien tiene pensado salir fuera, es imprescindible saber que cotizar en España y en el extranjero plantea algunos problemas. Si al final de la vida laboral el trabajador cotizó 14 años en nuestro país y 16 fuera, en principio, no tendría derecho a una prestación por jubilación, dado que no habría alcanzado el periodo mínimo exigido para su disfrute, que es de 15 años.

Las cotizaciones en el extranjero contabilizan en España en función del país de destino y de los acuerdos suscritos en materia laboral. España y Estados Unidos han firmado un convenio internacional que permite que un trabajador español, con 14 años de trabajo en España y 16 en Estados Unidos, sume las cotizaciones de los dos países para acreditar ante la Seguridad Social que ha superado el mínimo de 15 años exigido. La prestación responderá a una cantidad proporcional abonada por los organismos de ambos países.

Con Japón, España no ha suscrito ningún acuerdo y el trabajador del supuesto anterior no tendría derecho a ninguna prestación de la Seguridad Social.

http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/trabajo/2010/03/02/191445.php

 

También es conveniente acudir a las siguiente página:

1.- Información para trabajar en Europa:

http://www.sepe.es/contenido/empleo_formacion/eures/info_trabajadores/index.html

 

 


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