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Bolsas de Gestión Procesal, Tramitación Procesal y Auxilio Judicial


Con objeto de disponer de una relación de personas que deseen trabajar como funcionarios interinos en los puestos de trabajo de los Centros de destino de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Murcia, se constituye Bolsa de Trabajo en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

Esta Bolsa tendrá una vigencia de dos años, salvo que se agote alguna de sus listas o que por modificaciones legislativas u otras  circunstancias, sea necesario realizar una nueva convocatoria, en cuyo caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Orden JUS/2296/2005, de 12 de julio.

Los candidatos a ser incluidos en las Bolsas de Trabajo deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, las condiciones siguientes:

  • a) Ser españoles, tener cumplidos dieciséis años de edad –dieciocho para el caso del Cuerpo de Auxilio Judicial, al amparo de lo dispuesto en el artículo 56.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y atendiendo a las funciones atribuidas a este Cuerpo en el artículo 478 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y particularmente a su carácter de agentes de la autoridad—, no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa y encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
  • b) Figurar inscritos en las Oficinas de los Servicios Públicos de Empleo como demandante de empleo o mejora del mismo, excepto los que se encuentren trabajando como funcionarios interinos en la Administración de Justicia.
  • c) No haber sido condenados, ni estar procesados, ni inculpados por delito doloso, a menos que se haya dictado en la causa auto de sobreseimiento.
  • d) No estar inhabilitados para el ejercicio de las funciones públicas.
  • e) No haber sido separados, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de una administración pública en vía disciplinaria o judicial, salvo que hayan sido rehabilitados.
  • f) No tener causa de incompatibilidad para el ejercicio de la función pública en la Administración de Justicia de las relacionadas en el artículo 498 de la L.O. 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la LO 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.
  • g) No haber sido sancionados por falta muy grave, en los tres últimos años.
  • h) Haberse presentado al primer ejercicio de las pruebas selectivas de cualquiera de las dos últimas convocatorias de oposiciones, correspondientes a las OEP de 2016 y 2017-2018.
  • i) No padecer defecto físico o enfermedad psíquica o física, o cualquier otra circunstancia que los incapacite para el puesto de trabajo

Para formar parte de las bolsas de trabajo de funcionarios interinos que se convocan, se deberá rellenar y presentar la solicitud obligatoriamente a través del asistente que estará disponible en el Portal del Ministerio de Justicia en la siguiente dirección; quedando vinculados a los datos que hagan constar en la misma:
https://aplicacionainoa.justicia.es/asistenteinscripcion/sap/bc/webdynpro/sap/zasistente_gta_list?sap-language=ES&WERKS=0030

Fuente y más información: Bolsa Interinos Murcia 2022


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