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500 plazas en las nuevas Bolsas de Empleo para Maestros en Extremadura


Se convocan procedimientos selectivos para ingreso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias, para el Cuerpo de Maestros

Requisitos iniciales:

a) Tener la nacionalidad española, o ser nacional de alguno de los demás Estados  miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, quienes ostenten la condición de cónyuge de persona de nacionalidad española o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, personas nacionales de algún Estado, al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar tanto sus descendientes como descendientes de cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

d) No haber sufrido separación, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o
escala de personal funcionario.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o en situación equivalente ni haber sufrido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente de nombramiento en el mismo cuerpo al que pertenezca la lista en la que se pretende ingresar.

f) No podrán formar parte de las listas de espera las personas que estuvieran inscritas en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, conforme señala el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor la Instrucción 1/2016, de 14 de marzo, conjunta de la Secretaría General y de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo, sobre aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.

Para ello, atendiendo a lo indicado en el apartado 5.4 y 5.5, deberán aportar Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, salvo que hayan prestado su consentimiento, marcando para ello la casilla correspondiente en su instancia de participación, con objeto de que la Consejería de Educación y Empleo proceda a comprobar dicha circunstancia. En caso de no prestar en su solicitud dicho consentimiento, las personas seleccionadas deberán presentar la citada certificación.

Además de los requisitos generales, las personas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos: Titulación. Se deberá estar en posesión, o haber superado todos los estudios conducentes y haber satisfecho los derechos para su expedición, de alguna de las titulaciones que se concretan en las bases para el Cuerpo de Maestros

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

Fuente: RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, adquisición de nuevas especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias, para el Cuerpo de Maestros


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