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Andalucía convoca 206 plazas para diferentes categorías: Educadores, Trabajadores Sociales…


Se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral de carácter fijo en las categorías profesionales del Grupo II que se relacionan:

PLAZAS CONVOCADAS

Apartado 1. Plazas vinculadas a la Oferta de Empleo Público 2018 y 2019.

CATEGORÍA PROFESIONALTOTAL PLAZASTURNO GENERALDISCAPACIDAD
DIPLOMADO/A TRABAJO SOCIAL (2010)20182
DIPLOMADO/A ENFERMERÍA (2020)5
FISIOTERAPEUTA (2030)5
EDUCADOR/A (2060)1091
EDUCADOR/A CENTROS SOCIALES (2061)5
EDUCADOR/A INFANTIL (2071)5

Apartado 2. Plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público de estabilización del empleo temporal 2017/2019.

CATEGORÍATOTAL PLAZASTURNO GENERALDISCAPACIDAD
TITULADO/A GRADO MEDIO (2009)6
DIPLOMADO/A TRABAJO SOCIAL (2010)18171
DIPLOMADO/A ENFERMERÍA (2020)14131
FISIOTERAPEUTA (2030)2
EDUCADOR/A (2060)2
EDUCADOR/A CENTROS SOCIALES (2061)53494
MONITOR/A OCUPACIONAL (2070)12111
EDUCADOR/A INFANTIL (2071)44413
RESTAURADOR/A (2080)2
TÉCNICO/A MANTENIMIENTO SERVICIOS (2090)2
PERITO JUDICIAL DIPLOMADO/A (2420)1

Los requisitos exigidos para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales convocadas son los siguientes:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

También podrán participar:

El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, podrá participar, siempre que no estén separados de derecho. Con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que vivan a su cargo y sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad con la condición de dependientes.

Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad a que se refiere el artículo 205.1.a) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con la disposición transitoria séptima de la misma norma.

c) Según la categoría profesional a que se opte y de conformidad con lo establecido en el sistema de clasificación profesional vigente en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, deberá acreditarse estar en posesión de la titulación académica que se detalla en el Anexo II.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación por el Ministerio competente en materia de educación, o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional a la que se aspira, extremo que se acreditará por las personas aspirantes que sean propuestas como seleccionadas conforme a lo indicado en la base novena, apartado 8.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria por cada categoría profesional a que se aspira según el importe establecido en el apartado primero de la base quinta, o acreditar estar exento de su pago, de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la misma base.

g) No ostentar la condición de personal laboral fijo al servicio de la Junta de Andalucía en la categoría profesional para la que se presente la solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.

Fuente: Resolución de 9 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convocan procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en las categorías profesionales del Grupo II, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2018 y 2019 (carácter ordinario) y 2017 y 2019 (estabilización).


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