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Bolsas para Titulados Medios y Especialistas de Prevención de Riesgos Laborales en CyL


Convocatoria para la constitución de las bolsas de empleo de las categorías de personal estatutario de Titulado Medio de Prevención de Riesgos Laborales y de Técnico Especialista de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de Castilla y León.

Para ser admitidos al proceso de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de Castilla y León, los interesados deberán reunir los mismos requisitos de titulación y demás condiciones exigidas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo establecidas en el artículo 29 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León y en los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los requisitos y demás condiciones exigidas se deberán cumplir en el momento del registro de la solicitud de participación en la bolsa de empleo, debiéndose mantener mientras permanezcan registrados en la misma. Los participantes en la bolsa de empleo habrán de acreditar el cumplimiento de los requisitos cuando sean requeridos para ello por la Administración.

En consecuencia con lo anterior, los aspirantes que efectúen la inscripción de participación deberán reunir, y mantener durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad:

  • a) Poseer la nacionalidad española.
  • b) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los españoles, a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas. Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2. Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. No tener la condición de personal estatutario fijo en la categoría en la que se pretende participar.

4. Titulación: Estar en posesión de la titulación que se indica a continuación o en condiciones de obtenerla en el momento efectuar la inscripción.

Para el acceso a la categoría de Titulado Medio de Prevención de Riesgos Laborales:

  • Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o Grado, y del título acreditativo de la formación necesaria para el desempeño de funciones de nivel superior en prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Para el acceso a la categoría de T.E. de Prevención de Riesgos laborales:

  • Estar en posesión de una titulación de un nivel equivalente, al menos, al título de Bachiller, y el título acreditativo de la formación necesaria para el desempeño de funciones de nivel intermedio en prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención,
  • O bien estar en posesión del título de formación profesional de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales conforme a Lo dispuesto en el Real Decreto 1161/2001, de 26 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales y las correspondientes enseñanzas mínimas.

5. Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

6. Habilitación: No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado 1.1.b), no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

7. No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme dispone el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El plazo del registro, en la aplicación informática, de la solicitud de participación en la bolsa de empleo, se iniciará AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN de la presente resolución.

Para participar en el proceso de selección de personal temporal, los aspirantes deberán darse de alta y registrar el autobaremo de méritos en la aplicación informática habilitada al efecto en el Portal de Salud de Castilla y León (https://bolsaabierta.saludcastillayleon.es/).

Se realizará UNA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN POR CADA CATEGORÍA PROFESIONAL en la que se quiera inscribir, registrando el autobaremo y demás apartados relativos a la elección de área, centro/s, zonas y tipos de nombramiento.

Toda la información en el siguiente enlace: RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2021, de la Dirección General de Profesionales, por la que se efectúa convocatoria para la constitución de las bolsas de empleo de las categorías de personal estatutario de Titulado Medio de Prevención de Riesgos Laborales y de Técnico Especialista de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de Castilla y León.

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