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Extremadura. Subvenciones para el fomento del autoempleo. Plazo abierto


El Diario Oficial de Extremadura (DOE) hace pública la Orden de 17 de mayo de 2017 cuyo objeto es realizar la convocatoria, en el ejercicio 2017-2018, para establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.

La vigencia de la convocatoria es desde el 1 de junio de 2017 hasta el 31 de marzo de 2018, y las solicitudes podrán presentarse desde la fecha de inicio de la actividad y los cinco meses naturales siguientes.

Para consultar toda la información relativa a la convocatoria, la normativa y descargar la documentación puede acceder a nuestro apartado de Autoempleo.

Tamn¡bién está disponible la aplicación relativa al Plan de empresa para solicitar las subvenciones en su Programa I: ayudas al establecimiento de desempleados como trabajadores autónomos.

Fuente: Gobex

Más información:

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado hoy la convocatoria para el ejercicio 2017-2018 de las subvenciones para el fomento del autoempleo en Extremadura, incluidas en el Programa I.

La Consejería de Educación y Empleo ha destinado un total de 25.023.603 euros, con cargo al Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), de los que se beneficiarán unos 4.000 adjudicatarios.

Por su parte, el Programa II, dirigido a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador, que junto con el de la convocatoria que se ha publicado hoy en el DOE, conforman las ayudas al fomento del autoempleo, se publicará próximamente y añadirá otros 3,5 millones de euros. Por lo que la cuantía total de la subvención alcanzará los 28,5 millones de euros, la misma que se destinó para la convocatoria anterior. De la pasada convocatoria se han resuelto de manera favorable 3.243 expedientes.

A través de este Programa de ayudas se pretende el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas. Las ayudas están dirigidas al fomento y consolidación del trabajo autónomo en Extremadura, mediante la constitución en personas trabajadoras por cuenta propia o autónoma.

Los beneficiarios serán personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajador por cuenta propia a título individual, siempre que deban quedar encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); así como las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes.

Asimismo, podrán disfrutar de estas ayudas los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia, que requiera la incorporación a un Colegio Profesional, cuyo colectivo se haya integrado en el RETA; y quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, formando parte como comunero o socios y se den de alta en dicho régimen de trabajadores autónomos.

Los requisitos para optar a las ayudas son haber cumplido dieciocho años de edad y haber figurado inscrito como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, careciendo de ocupación efectiva según informe de vida laboral de la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social) y encontrarse en tal situación en el momento en que se produzca el alta en RETA, además de otros específicos.

Quienes reúnan los requisitos pertinentes podrán tener derecho a la subvención, que será de 8.000 euros, en el caso de las mujeres; de 7.500 euros, si se trata de desempleados con diversidad funcional, jóvenes menores de 30 años, desempleados de 52 o más años, desempleados con domicilio de actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes, y desempleados extremeños que hayan retornado de la emigración a Extremadura en los cuatro años anteriores a la fecha de alta en RETA.

Además de los desempleados que hayan finalizado en los últimos doce meses anteriores a la incorporación como persona trabajadora autónoma en alguno de los programas subvencionados y financiados por el SEXPE, desempleados que hayan finalizado en los últimos doce meses anteriores a la incorporación como trabajador autónomo en proyectos innovadores y fomento del empleo en el ámbito local, y parados de larga duración.

Por otro lado, se otorgará una subvención de 5.000 euros a los trabajadores desempleados que no se encuentren encuadrados en los apartados anteriores.

El importe de todas estas ayudas se incrementará en 1.000 euros cuando se solicite la subvención relacionada con actividades de nuevas tecnologías, energías renovables, medio ambiente, atención a la dependencia, industria agroalimentaria, reformas y rehabilitación de edificaciones, turismo, y pequeño comercio.

Por todo esto Extremadura es la comunidad autónoma que concede las ayudas de este tipo más elevadas de todo el país.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes deberán dirigirse a la Dirección General de Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo y se presentarán en el modelo normalizado establecido en los registros del SEXPE, o en cualquiera de las oficinas del registro único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En el periodo de vigencia de esta convocatoria, que se inicia mañana día 1 de junio y finaliza el 31 de marzo de 2018, la subvención deberá solicitarse desde la fecha de inicio de la actividad que con tal carácter exprese la Tesorería General de la Seguridad Social y los cinco meses naturales siguientes a aquel en que se produce tal inicio. Gobex


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