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Ayudas 2016 para Movilidad e inserción laboral de jóvenes desempleados. Ceuta


Abierta la segunda convocatoria para la presentación de solicitudes de ayudas destinadas a promover la movilidad e inserción laboral de jóvenes desempleados, acción enmarcada en el Programa Operativo de Empleo Juvenil para Ceuta 2014-2020, cofinanciado a través del FSE y la Ciudad Autónoma de Ceuta.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de marzo de 2016.

Las ayudas a promover la movilidad, son una subvención pública, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a promover y facilitar la contratación laboral de jóvenes desempleados, dentro del territorio nacional o de otros países de la Unión Europea, siempre que la misma implique desplazamiento y traslado de domicilio.

Convocatoria: ABIERTA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DESDE EL 26 DE DICIEMBRE HASTA EL 15 DE MARZO DE 2016.

OBJETO: Subvención pública, en régimen de concurrencia competitiva, destinada a promover y facilitar la contratación laboral de jóvenes desempleados, dentro del territorio nacional o comunitario, siempre que la misma implique desplazamiento y traslado de domicilio.

Estas subvenciones se configuran como medida para mejorar la intermediación, teniendo como finalidad apoyar a los jóvenes desempleados que reciban una oferta de empleo, superior a seis meses de duración a jornada completa, fuera de su lugar de residencia, mediante la concesión de ayudas que compensen parte de los gastos de desplazamiento y de estancia durante el periodo de contratación.

BENEFICIARIOS/AS-DESTINATARIOS/AS FINALES: Podrán solicitar ésta ayuda los/as jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que estén empadronados/as en la Ciudad Autónoma de Ceuta y reciban una oferta de empleo igual o superior a seis meses de duración a jornada completa.

ACTUACIÓN SUBVENCIONABLE: Se considerará actuación subvencionable el desplazamiento y la estancia fuera de la ciudad de Ceuta de jóvenes desempleados como consecuencia de una contratación laboral.

El plazo para el comienzo de la actividad laboral abarcará el periodo comprendido desde la presentación de la solicitud de la ayuda hasta los dos meses posteriores a la notificación de la resolución de concesión.

GASTOS SUBVENCIONABLES: Se consideran gastos subvencionables los gastos derivados del desplazamiento y la estancia de aquellos jóvenes durante el periodo de contratación.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN: La cuantía de la ayuda estará formada por el importe en concepto de gastos de desplazamiento más el importe en concepto de gastos de estancia.

Toda la información en la Fuente: Procesa


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