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#Becas formación práctica para ingenieros agrónomos.


Bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica, para ingenieros agrónomos o titulados con el Master en ingeniería agronómica y se convocan para el ejercicio 2014.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente convoca 3 becas para ingenieros agrónomos o titulados con el máster en ingeniería agronómica, que habilita para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniero agrónomo, a desarrollar en el ámbito de las actividades del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

Podrán acceder a estas becas las personas que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Haber terminado los estudios en el plazo de los seis años anteriores al día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
  • Dominio del idioma español.
  • Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de ingeniero agrónomo o ser titulado con el master en ingeniería agronómica, que le habilita para el ejercicio de la profesión de ingeniero agrónomo, según se regula en la Orden CIN/325/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Agrónomo. Los títulos universitarios obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
  • Dominio del idioma inglés.
  • Manejo a nivel de usuario de los programas informáticos de tratamiento de texto, hoja de cálculo y presentaciones.
  • Tener menos de 30 años el día de la publicación de la convocatoria.
  • No podrán concurrir a las convocatorias de becas derivadas de la presente orden, aquellas personas que hayan sido becarias del FEGA con anterioridad.

Las becas comenzaran en la fecha de resolución de concesión de las mismas, finalizando doce meses después y podrán ser prorrogadas doce meses más. En ningún caso el disfrute total de la beca, superará los 24 meses. La prórroga se concederá previa solicitud del interesado y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el ejercicio correspondiente.

La cuantía de las becas por beneficiario será de 1.200 euros mensuales, a la que se aplicarán los descuentos y las retenciones legales vigentes en cada momento, y será abonada a los beneficiarios con periodicidad mensual, en el mes siguiente a aquél en el que se haya emitido el certificado de cumplimiento.

Solicitudes y plazo de presentación


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