Becas y ayudas para trabajadores desempleados que participen en acciones formativas del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en la Comunidad de Castilla y León, para el año 2019.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A07/es/convocatoria/433096) y en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS:
Beneficiarios.
Podrán obtener la condición de beneficiarios de becas y ayudas:
- a) Los trabajadores desempleados que participen en acciones formativas del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral gestionadas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
- b) Los trabajadores desempleados que participen en acciones formativas incluidas en los Planes de Trabajo de los Centros de Referencia Nacional de titularidad del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
Para ser beneficiario, los trabajadores desempleados deberán tener en alta su demanda de empleo el día de su incorporación a la acción formativa independientemente de que se incorporen el primer día de curso o con posterioridad.
Bases Reguladoras.
ORDEN EYE/620/2010, de 27 de abril, publicada en el B.O.C. y L. de 13 de mayo de 2010.
Cuantía.
Las cuantías a percibir por cada beneficiario, previa comprobación del cumplimiento de requisitos exigidos en convocatoria, serán los siguientes:
Cuantía de la beca: 7 euros por día de asistencia.
Cuantía de ayuda de transporte:
- Transporte urbano: 1 euro por día de asistencia.
- Transporte interurbano: 0,10 euros por kilómetro, por día de asistencia.
Cuantía ayuda de manutención: El gasto real justificado y como máximo 10 euros por día lectivo de asistencia.
Cuantía ayuda de alojamiento y manutención:
- Acciones formativas nacionales: Coste real del alojamiento y de los gastos de manutención con un máximo global de 80 euros por día natural, más desplazamiento inicial y final en concepto de transporte interurbano.
- Acciones formativas transnacionales: Coste real del alojamiento y de los gastos de manutención con un máximo de 158,40 euros por día natural.
Cuantía ayuda a la conciliación: El 75 por ciento del IPREM diario 2019, por día de asistencia.
Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de la finalización de la acción formativa o la baja justificada del alumno en la misma.
Resolución.
Las solicitudes de becas y ayudas de transporte, alojamiento y manutención serán resueltas por el Gerente Provincial del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de la provincia en la cual se lleve a cabo la acción formativa, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 19 de febrero de 2009, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se delegan determinadas competencia en los Gerentes Provinciales de este Organismo (B.O.C. y L. n.º 38 de 25 de febrero).
En el ámbito temporal de aplicación de esta convocatoria, se delega la competencia para resolver las solicitudes de ayudas a la conciliación en los Gerentes Provinciales del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de la provincia en la cual se lleve a cabo la acción formativa.