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20 Bolsas de Empleo para Profesores de Secundaria, FP, EOI… en la Región de Murcia


Es objeto de la presente orden convocar procedimiento extraordinario para la selección de personal interino para cubrir plazas vacantes o sustituciones en determinadas especialidades de los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de escuela Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos de Música y Artes Escénicas y Profesores de Música y Artes Escénicas que se detallan a continuación:

Cuerpo 590
001Filosofía
002Griego
003Latín
012Alemán
019Tecnología
102Análisis y Química Industrial
107Informática
111Organización y procedimientos de Mantenimiento de Vehículos
124Sistemas Electrónicos
Cuerpo 591
202Equipos Electrónicos
205Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y Fluidos
206Instalaciones Electrotécnicas
208Laboratorio
227Sistemas y Aplicaciones Informáticas
228Soldadura
Cuerpo 592
008Francés
011Inglés
Cuerpo 593
078Violín
100Tecnología Musical
Cuerpo 594
465Cante Flamenco

Conforme al artículo 8 de la Orden de 12 de febrero de 2019 y al artículo 2 de Orden de 27 de noviembre de 2017 los requisitos generales que han de reunir los aspirantes son los siguientes:

a) Ser español o ser nacional de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio en cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, que no están sujetos a sanción disciplinaria o condena penal que les impida, en su estado, el ejercicio de funciones públicas.

e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo por el que se participa.

f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, conforme se establece en los artículos 57 y siguientes de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio de 2021, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no haber sido condenado en su Estado por sentencia firme por alguno de los delitos explicitados en el párrafo anterior.

g) Poseer un nivel adecuado del castellano para aquellos aspirantes que no posean la nacionalidad española.

h) Hacer efectivo el pago de la tasa correspondiente.

Requisitos específicos

Además de los requisitos generales establecidos en el artículo anterior y conforme al artículo 9 de la Orden de 12 de febrero de 2019, por la que se regulan las bases de los procedimientos selectivos, los aspirantes deberán reunir una serie de requisitos específicos

La solicitud de participación estará disponible en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (http://sede.carm.es) con el número de procedimiento 1897. El acceso y la posterior firma de la solicitud correspondiente se realizarán con los medios habilitados para garantizar la identidad unívoca de los participantes. Cada solicitud deberá cumplimentarse únicamente por medios telemáticos.

El plazo de presentación de la solicitud telemática con los correspondientes documentos anexados a los que se refiere el artículo 5 será de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Fuente y más información: Orden de 6 de abril de 2022, de la Consejería de Educación por la que se convoca procedimiento extraordinario para la selección de personal interino para cubrir plazas vacantes o sustituciones en determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos de Música y Artes Escénicas y Profesores de Música y Artes Escénicas.


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