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Madrid aprueba 2.228 plazas de personal docente en la Oferta de Empleo Público


Se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal docente no universitario para esta anualidad en los términos que se establecen en el presente decreto.

La selección de personal para la cobertura de las plazas que constan en el anexo de este decreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 55 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público atenderá a los principios rectores que, junto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad

La presente oferta de empleo público está compuesta por 2.228 plazas, dotadas presupuestariamente, cuya provisión se considera inaplazable y su cobertura no puede realizarse con los efectivos de personal existentes, distribuyéndose por cuerpos tal y como se recoge en anexo de este decreto, cuyo desglose por especialidades se efectuará en la correspondiente convocatoria.

La totalidad de las plazas de esta oferta están incluidas dentro de la tasa de reposición de efectivos propia del personal docente.

El órgano convocante podrá, dentro del ámbito de sus competencias, refundir dos o más convocatorias en una sola, a efectos de la agilización de los procesos selectivos.

Asimismo, y por razones de eficacia y eficiencia en la gestión de las plazas que se ofertan en el presente decreto, estas podrán acumularse a las plazas de convocatorias de procesos selectivos correspondientes a ofertas anteriores o que se aprueben con posterioridad.

 La convocatoria de las plazas objeto de esta oferta de empleo público deberá publicarse en el correspondiente BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dentro del plazo improrrogable de tres años, a contar desde la fecha de publicación de la presente oferta de empleo público.

La selección de personal para la cobertura de las plazas incluidas en este decreto, se realizará de conformidad con las disposiciones contenidas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, y demás normativa que, en su caso, pudiera resultar de aplicación.

Fuente: DECRETO 5/2022, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid para el año 2022.


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