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Bolsa única de empleo de Auxiliar Administrativo en la Comunidad de Madrid


Bolsa única de empleo temporal de Auxiliar Administrativo en la Comunidad de Madrid para personas que estén en en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

Bolsa abierta permanentemente, procediéndose a la actualización de los baremos el primer trimestre del año para todas aquellas solicitudes presentadas antes del 15 de diciembre.

Los aspirantes que participen en las bolsas únicas en la categoría de Auxiliar Administrativo Grupo C, subgrupo C2, han de reunir los requisitos establecidos en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 29 de noviembre de 2017.

Los aspirantes que participen en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

  • 1. Tener nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Asimismo, podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
  • 2. Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
  • 3. Tener la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
  • 4. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
  • 5. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
  • 6. No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Auxiliar Administrativo, cualquiera que sea su situación administrativa.
  • 7. En el momento de la formalización del nombramiento se deberá acreditar el cumplimiento del requisito previsto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, mediante Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales

Si estás interesado/a puedes acceder a toda la información desde este enlace de la Comunidad de Madrid 


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