En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente al año 2021, en los términos que se establecen en el presente decreto.
La Oferta de Empleo Público para el 2021 contiene las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes y que deben proveerse:
a) Mediante personal de nuevo ingreso, de acuerdo con la distribución por grupos, subgrupos, cuerpos, especialidades, opciones y subopciones de acceso de personal funcionario, y por los grupos y categorías profesionales de personal laboral, que figuran en el Anexo I.
b) Por personal funcionario de carrera y laboral fijo mediante los procesos selectivos de promoción, con la distribución que se contempla en el Anexo II.
Quienes aspiren a ingresar o acceder a los cuerpos, especialidades, opciones y subopciones de personal funcionario o categorías profesionales de personal laboral previstas en el presente decreto, deberán relacionarse obligatoriamente a través de medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, en su artículo único, apartados 1, 2 y 6.