Estas Bases tienen por objeto la regulación de los procesos selectivos que se convoquen para constituir “Bolsas de Empleo” de carácter temporal, conforme a las necesidades que se produzcan en la plantilla municipal del Ayuntamiento de Alcobendas y sus Organismos Autónomos, en el marco del Programa de Relevo Generacional y Transición Digital.
Para ser admitidas al proceso selectivo las personas aspirantes deberán reunir, de acuerdo a los artículos 56 y 57 del TREBEP, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o de un estado al que, en virtud de Tratado Internacional celebrado por la Unión Europea y ratificado por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos que esto se halla definido en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, o ser cónyuge o descendiente de aquellos, en los términos previstos en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Las personas extranjeras a las que se refiere este apartado, así como aquellas con residencia legal en España podrán acceder, como personal laboral.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) No haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, de acuerdo con lo exigido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
f) Poseer la titulación exigida en las Bases Específicas de cada convocatoria.
g) Tener la experiencia mínima exigida en las Bases Específicas y justificada mediante informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
h) Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de convocatoria antes del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación se establecerá en las Bases Específicas de cada convocatoria.
El plazo empezará a contar desde el día siguiente a la publicación del Anuncio de la convocatoria en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcobendas (lugar oficial de comunicación a todos los efectos).
RELACIÓN DE BOLSAS DE EMPLEO A CONVOCAR
Bolsas subgrupo A1:
- — Psicólogo/a.
- — Profesor/a Animador/a.
- — Profesor/a de Danza.
- — Profesor/a Práctica Instrumental.
- — Médico/a.
- — Técnico/a de Salud Pública.
- — Inspector/a.
Bolsas subgrupo A2:
- — Trabajador/a Social.
- — Maestro/a.
- — Terapeuta Ocupacional.
- — Animador/a Sociocultural.
Bolsas subgrupo C1:
- — Técnico/a de Educación Infantil.
- — Técnico/a especialista: sonido, luces, imagen, mediatecas, etc.
- — Oficial / Encargado de Mantenimiento.
- — Inspector/a.
Bolsas subgrupo C2:
- — Técnico/a Auxiliar: mediatecas, administrativos, centros culturales, información y control, etc.
- — Operario/a.
Fuente y más información: Se publican Bases Generales para Bolsas de Empleo Temporal, que han sido aprobadas por su correspondiente Decreto del concejal-delegado de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Alcobendas