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7 Bolsas de empleo para T.S Documentación sanitaria, Laboratorio, Nutrición…. en el SACYL


Convocatoria para la constitución de las bolsas de empleo de personal estatutario temporal de las categorías de personal estatutario sanitario del Servicio de Salud de Castilla y León de las categorías de

  • T.S. ANATOMÍA PATOLÓGICA,
  • T.S. DOCUMENTACIÓN SANITARIA,
  • T.S. HIGIENE BUCODENTAL,
  • T.S. LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO,
  • T.S. EN IMAGEN PARA EL DIAGNÓSTICO,
  • T.S. RADIOTERAPIA,
  • T.S. NUTRICIÓN Y DIETÉTICA,

Para ser admitidos al proceso de selección temporal de personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León los interesados deberán reunir los mismos requisitos de titulación y demás condiciones exigidas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo establecidas en el artículo 29 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León y en los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los requisitos y demás condiciones exigidas se deberán cumplir en el momento del alta y registro en la bolsa de empleo, debiéndose mantener mientras permanezcan inscritos en la bolsa. Los aspirantes habrán de acreditar el cumplimiento de los requisitos cuando sean requeridos para ello por la Administración.

En consecuencia con lo anterior, los aspirantes que registren la solicitud de participación en la aplicación deberán reunir, y mantener durante todo el proceso de selección, los siguientes requisitos:

1. Nacionalidad:

  • a) Poseer la nacionalidad española.
  • b) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los españoles, a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Publicas. Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2. Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

3. No tener la condición de personal estatutario fijo en la categoría en la que se pretende la inscripción.

4. Titulación:

Para el acceso a las bolsas de empleo de las siguientes categorías se deberá estar en posesión de las titulaciones que se indican a continuación o en condiciones de obtenerlas en el momento efectuar la inscripción:

  • T.S. ANATOMÍA PATOLÓGICA: Título de Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico o de titulación equivalente según los distintos planes de estudios.
  • T.S. DOCUMENTACIÓN SANITARIA: Título de Técnico Superior en Documentación y Administración Sanitarias o de titulación equivalente según los distintos planes de estudios.
  • T.S. HIGIENE BUCODENTAL: Título de Técnico Superior en Higiene Bucodental o de titulación equivalente según los distintos planes de estudios.
  • T.S. LABORATORIO DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO: Título de Técnico Superior de Laboratorio Clínico y Biomédico o titulación equivalente según los distintos planes de estudios.
  • T.S. EN IMAGEN PARA EL DIAGNÓSTICO: Título de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear (Ciclo Formativo de Grado Superior, rama sanitaria) o equivalente según los distintos planes de estudios.
  • Asimismo para poder ser admitidos en la bolsa de empleo de esta categoría los aspirantes han de estar en posesión de la acreditación para operar aparatos de rayos X con fines diagnósticos o de la licencia específica concedida por el Consejo de Seguridad Nuclear que le capacite para la manipulación de materiales o equipos clasificados como instalación radiactiva.
  • T.S. RADIOTERAPIA: Título de Técnico Superior en Radioterapia o titulación equivalente según los distintos planes de estudios.
  • T.S. NUTRICIÓN Y DIETÉTICA: Título de Técnico Superior en Dietética o titulación equivalente según los distintos planes de estudios.

En el supuesto de que alguna de las titulaciones indicadas anteriormente haya sido obtenida en el extranjero, el interesado deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

5. Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

6. Habilitación: No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado 1.1.b), no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

7. No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme dispone el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El plazo de registro de la solicitud de participación en la aplicación informática se iniciará AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN de la presente resolución.

Para participar en el proceso de constitución de la bolsa de empleo temporal, los aspirantes deberán darse de alta y registrar el autobaremo de méritos en la aplicación informática habilitada al efecto en el Portal de Salud de Castilla y León (https://bolsaabierta.saludcastillayleon.es/).

Fuente: RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2021, de la Dirección General de Profesionales, por la que se efectúa convocatoria para la constitución de las bolsas de empleo de las categorías de Personal Estatutario Sanitario de T.S. Anatomía Patológica, T.S. Documentación Sanitaria, T.S. Higiene Bucodental, T.S. Laboratorio de Diagnóstico Clínico, T.S. en Imagen para el Diagnóstico, T.S. Radioterapia y T.S. Nutrición y Dietética del Servicio de Salud de Castilla y León.


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