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Ayudas para trabajadores afectados por ERTEs en Castilla y León


Se convoca para el año 2021 una línea de ayuda destinada, en el ámbito de Castilla y León, a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de la jornada, por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.

Las ayudas reguladas en la presente Orden, tienen por objeto paliar el impacto económico y compensar la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada, incluidos los fijos discontinuos, por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, en el ámbito de Castilla y León.

Podrán ser beneficiarios las personas trabajadoras que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar afectada por uno o varios expedientes de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada, derivado de causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, de la misma empresa o varias, y siempre que la afectación tenga lugar durante el periodo subvencionable del 1 de octubre de 2019 a 30 septiembre de 2020.
  • También podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras con contrato indefinido fijo discontinuo, cuyos contratos hayan sido interrumpidos o que se encuentren en periodo de inactividad productiva, a la espera de la llegada de la fecha en la que procederá su llamamiento y reincorporación efectiva, aplazada como consecuencia de un expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada, derivado de causas económicas, técnicas, organizativas o productivas en los mismos términos que se recoge en el párrafo anterior.

Cuantía.

1.– La ayuda económica se devengará por jornada completa de suspensión. En el caso de que el expediente de regulación temporal de empleo establezca la reducción de la jornada laboral o cuando la reducción de jornada sea irregular a lo largo del período subvencionable, a los efectos de calcular la jornada completa de suspensión se traducirá el total de horas de reducción a jornadas completas, no teniéndose en consideración la fracción de jornada resultante en su caso.

2.– Su cuantía se fijará en 7 euros por jornada completa de suspensión de contratos.

3.– Para aquellas personas trabajadoras afectadas con contratos de trabajo a tiempo parcial, o con contrato de trabajo a tiempo completo con reducción de jornada que se vean afectadas con la suspensión del contrato de trabajo, en una empresa, se procederá a la reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

Cuando la solicitud se presente por expedientes de regulación temporal con varias empresas, los cálculos del importe de la ayuda se realizarán conforme al párrafo anterior para cada una de las empresas y el resultado será la media de todos ellos.

4.– En el supuesto de las personas trabajadoras con contratos en la modalidad de fijos discontinuos se podrá solicitar la ayuda por las jornadas que no hayan podido trabajar por finalización de la actividad antes de lo previsto en su contrato o por haberse aplazado el llamamiento para incorporarse a la actividad productiva como consecuencia de un expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada, derivado de causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.

5.– La ayuda tendrá una duración máxima por trabajador de 90 jornadas completas de suspensión como consecuencia de un expediente o expedientes de regulación de empleo, por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, dentro del periodo subvencionable del 1 de octubre de 2019 a 30 septiembre de 2020.

Plazo de presentación de solicitudes.

El período de presentación de las solicitudes será desde el 19 de abril de 2021 hasta el 18 de mayo de 2021 a las 15:00 horas.

Bases reguladoras.

ORDEN EEI/1484/2020, de 10 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de una línea de ayuda destinada, en el ámbito de Castilla y León, a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o de reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.

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