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Bolsas para especialistas de atención sociosanitaria en Castellón y Alicante


Convocar la constitución de la bolsa de empleo específica para sustituciones temporales en los puestos de trabajo de Especialistas en Integración Social (EIS) del cuerpo C1-12, especialista de atención sociosanitaria de la administración de la Generalitat en la provincia de Castellón y Alicante que tengan por objeto la sustitución del personal por incapacidad temporal, permiso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento de menores, permiso por matrimonio, permiso por lactancia, reducciones de jornada, licencias sin retribución, planes de vacaciones, permiso sindical, permiso por campaña electoral, acumulación de tareas y ejecución de programas de carácter temporal, en puestos de atención directa del ámbito de la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Para poder formar parte de la bolsa será necesario cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de técnico o técnica en Atención Sociosanitaria (ciclo formativo de grado medio de formación Profesional de la familia Servicios Socioculturales y a la Comunidad) o cumplidas las condiciones para obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

b) Nacionalidad: tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea o de algún estado al que le sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores. Independientemente de su nacionalidad, el cónyuge de las y los españoles y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el cónyuge de los nacionales de algún estado en los que sea de aplicación la libertad de circulación de los trabajadores, siempre que no estén separados de derecho.

Asimismo, y con las mismas condiciones que los cónyuges podrán participar los descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

c) Edad: ser mayor de 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

d) Capacidad: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

e) Habilitación: no haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo objeto de la convocatoria.

f) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales para puestos que trabajen en contacto habitual con menores en base a lo dispuesto en la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado.

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