Se convoca la constitución de bolsas de trabajo para la provisión temporal de puestos de los cuerpos de médicos forenses, gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial de la Administración de Justicia de la Comunitat Valenciana que, con carácter provincial, tendrán el número máximo de integrantes siguientes:
Para concurrir a las bolsas de trabajo, las personas aspirantes deben reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
1. Ostentar la nacionalidad española, tener 16 años de edad y no exceder de la edad establecida para la jubilación.
Para el Cuerpo de Auxilio Judicial, y debido a la condición de autoridad pública que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye a este Cuerpo, la edad mínima será de 18 años.
2. Estar en posesión, o en condiciones de obtenerla al día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, de la titulación que se haya exigido para acceder a las pruebas selectivas de acceso como personal funcionario de carrera al Cuerpo de que se trate en la última Orden de convocatoria publicada en el Boletín Oficial del Estado.
- Médicos forenses: licenciatura en Medicina.
- Cuerpo de gestión procesal y administrativa: diplomado universitario, ingeniero técnico, arquitecto técnico o equivalente.
- Cuerpo de tramitación procesal y administrativa: título de Bachiller o equivalente.
- Cuerpo de auxilio judicial: título de Graduado en Enseñanza Secundaria Obligatoria o equivalente.
A los efectos de equivalencia, para personas adultas, habrá que estar a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se debe estar en posesión de la documentación que acredita la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario (Directiva 89/48/CC/EE).
3. No haber sido la persona solicitante condenada, ni estar procesada, ni inculpada por delito doloso, a menos que se hubiera obtenido la rehabilitación o hubiera recaído en la causa auto de sobreseimiento.
4. No hallarse inhabilitada para el ejercicio de empleo o cargo público.
5. No haber sido separada mediante procedimiento disciplinario, de un cuerpo del Estado, de las comunidades autónomas o de las administraciones locales, ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitada.
6. No sufrir ninguna enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con el desarrollo de las funciones correspondientes.
7. No haber sido excluida definitivamente de la bolsa inmediatamente anterior, como consecuencia de imposición de sanción disciplinaria por falta muy grave, ausencia o falsedad inicial o sobrevenida de algunos de los requisitos exigidos o de circunstancias alegadas para su inclusión en bolsa.
8. Para el cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, es requisito tener conocimientos y práctica en procesamiento de textos, con una duración mínima de 30 horas.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.