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Bolsas de empleo personal prevención y extinción de incendios en Castilla y Leon


Bolsas de empleo Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de Castilla y León. 

La presente convocatoria tiene por objeto constituir bolsas de empleo para cada una de las competencias funcionales y ámbitos provinciales que se determinan a continuación, con la finalidad de seleccionar personal laboral temporal para la prestación de servicios en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales en la Comunidad de Castilla y León.

COMPETENCIAS FUNCIONALESPROVINCIAS
Oficial 1.ª Conductor (Grupo III) (Art. 119 Convenio Colectivo)Ávila, Burgos, Palencia, Soria.
Escucha de incendios (Grupo V) (Art. 119 Convenio Colectivo)Ávila, Burgos, Salamanca, Soria, Zamora.
Peón de montes (Grupo V) (Art. 119 Convenio Colectivo)Burgos, Salamanca, Soria.

Sin perjuicio de su carácter provincial, y a los solos efectos de la prestación del servicio, cada provincia podrá dividirse en las zonas que se encuentran detalladas en el Anexo III de la presente resolución (Zonificación).

Los aspirantes solo podrán solicitar, en relación con cada una de las competencias funcionales objeto de la convocatoria, su inclusión en la Bolsa de Empleo de una sola provincia.

Las bolsas de empleo para cada competencia funcional se constituirán con aquellos aspirantes que declaren reunir los requisitos establecidos en la Base Tercera, presenten la solicitud de admisión de conformidad con lo establecido en la Base Cuarta y superen la prueba establecida al efecto en la Base Sexta de esta resolución.

 Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • 1) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, los de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
  • Igualmente podrán participar los extranjeros con residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.
  • 2) Haber cumplido los dieciocho años de edad o cumplirlos dentro del plazo de presentación de solicitudes y no haber cumplido la edad máxima de jubilación. La mayoría de edad se exige en cumplimiento de las limitaciones que establece la legislación laboral y la normativa reguladora de la prevención de riesgos laborales, por el carácter de la prestación laboral y dado que se trata de actividades que entrañan riesgos específicos.
  • 3) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias de la competencia funcional que se solicita.
  • 4) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, ni pertenecer mediante vínculo de carácter fijo a la misma competencia funcional a la que se presenta.
  • Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
  • 5) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación, y en su caso, permiso, exigidos para la competencia funcional a la que opte, o poseer la competencia funcional reconocida en relación con aquella a la que se presenta:
COMPETENCIA FUNCIONALTITULACIÓN
Oficial de 1.ª ConductorTitulación académica equivalente a bachillerato, bachillerato unificado polivalente, formación profesional de técnico superior o técnico especialista o competencia funcional reconocida en ordenanza laboral o Convenio Colectivo. Permiso de conducir de las clases C+E o D+E.
Escucha de incendiosNivel de formación básico equivalente a certificado de escolaridad o certificado de haber cursado un programa de garantía social o similar o competencia funcional reconocida en ordenanza laboral o Convenio Colectivo
Peón de montesNivel de formación básico equivalente a certificado de escolaridad o certificado de haber cursado un programa de garantía social o similar o competencia funcional reconocida en ordenanza laboral o Convenio Colectivo

 Quienes deseen formar parte de estas bolsas de empleo deberán cumplimentar la solicitud siguiendo las instrucciones que se acompañan como Anexo I (Instrucciones para cumplimentar la solicitud), y presentarla según se establece en los apartados siguientes.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León e irán dirigidas al órgano gestor del procedimiento, que será la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de la provincia en cuya bolsa pretenda integrarse el solicitante

Información completa:  RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2019, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, por la que se efectúa convocatoria pública para la constitución de las bolsas de empleo de personal laboral temporal que presta servicios en el Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y se establece el procedimiento para su gestión y funcionamiento.


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