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Chiclana aprueba dos bolsas de empleo para Educadores Sociales y Trabajadores Sociales


El objetivo de esta convocatoria es poder cubrir las necesidades de contratación temporal, tanto para la modalidad de personal laboral como funcionario.

El Ayuntamiento de Chiclana aprueba las bases para la creación de una bolsa de trabajo para la categoría de educador social para cubrir las necesidades de contratación temporal por sustitución de trabajadores y  la contratación de aquellos educadores sociales necesarios para la puesta en marcha del Plan Local de Intervención Social, que se desarrollará durante los próximos cuatro años. Las solicitudes y la documentación complementaria deberán presentarse en el plazo de 20 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Hay que esperar a su publicación. Más información en el Ayuntamiento de Chiclana.

Además el ayuntamiento también abre una Bolsa de empleo para la categoría Trabajador/a social, al efecto de cubrir las necesidades de contratación temporal (por sustitución de trabajadores por encontrarse en situación de incapacidad temporal, maternidad, vacaciones, permisos, o por obra o servicios concretos, interinidad hasta que sea cubierta por personal funcionario de carrera o desaparezca la necesidad que ha motivado su nombramiento)
tanto para la modalidad de personal laboral como funcionario-

Para participar en el proceso selectivo las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • c) Estar en posesión de la titulación que figura en el ANEXO o en condiciones de obtenerlo a la finalización del plazo de solicitudes.
  • d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
  • e) No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad específica prevista en la legislación vigente.
  • f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas habrán de hacerlo constar en impreso normalizado, que les será facilitado al efecto por el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.
Igualmente, podrán instar la participación en el proceso selectivo mediante simple solicitud, con el contenido establecido en el Art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicando claramente la convocatoria en la que está interesado en participar; debiendo,
además, formular declaración expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidos en la Base Segunda de la Convocatoria.

Las solicitudes y la documentación complementaria deberán presentarse en el plazo de 20 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Fuente: BOP Cádiz


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