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Bolsas de Técnicos/as en Informática del Instituto Municipal de Informática de Barcelona


Bolsa de trabajo de la categoría de técnico/a superior en informática del Instituto Municipal de Informática del Ayuntamiento de Barcelona.

El Gerente del Instituto Municipal de Informática de Barcelona, ​​en uso de las facultades atribuidas en el artículo 12 de los vigentes Estatutos, aprobó por resolución de 10 de mayo de 2018 las bases específicas que han de regir la convocatoria del proceso selectivo para la ampliación de la siguiente bolsa de trabajo:

– Bolsa de trabajo de la categoría de técnico / a superior en informática del Instituto Municipal de Informática del Ayuntamiento de Barcelona.

Requisitos de participación

1. Tener 16 años cumplidos y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.

2. Estar en posesión del título universitario de Ingeniería Superior o Grado en Informática o del título universitario de Ingeniería Superior o Grado en Telecomunicaciones. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, hay que disponer, dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación, de la credencial que acredite su homologación emitida por el «Ministerio de Educación, Cultura y Deporte».

Estar en posesión del título universitario de Ingeniería Técnica o Grado en Informática o del título universitario de Ingeniería Técnica o Grado en Telecomunicaciones. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, hay que disponer, dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación, de la credencial que acredite su homologación emitida por el «Ministerio de Educación, Cultura y Deporte».

3. Tener la nacionalidad española o la de otros estados miembro de la Unión Europea o de los estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores / as. De acuerdo con lo, establecido en el artículo 57.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público y, por tratarse de una relación de carácter laboral y no funcionarial, se podrán presentar a esta convocatoria los extranjeros con residencia legal en España.

También podrán ser admitidos el / la cónyuge, los / las descendientes y descendientes del / la cónyuge, tanto de la ciudadanía española como de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, o de los estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores / as, independientemente de su nacionalidad, siempre que los / las cónyuges no estén separados de derecho y, con respecto a los / las descendientes, sean menores de 21 años o mayores de esta edad pero que vivan a cargo de sus progenitores / as, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 3 del real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, por los Estados miembros de la UE y de otros Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

En cualquier caso, los aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar documentalmente su nacionalidad.

Además, aquellas personas candidatas que accedan a la convocatoria por ser cónyuge, descendientes o descendientes del / la cónyuge, tanto de la ciudadanía española como de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, o de estados a los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores / as, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, deberán acreditar el vínculo de parentesco con el / la nacional en virtud del cual se presentan y, en el caso de los descendientes mayores de 21 años, el hecho de vivir a su cargo. Igualmente, estos / as candidatos / as deberán presentar declaración jurada o promesa hecha por el / la nacional, en la que éste / a manifieste fehacientemente que no está separado / a de derecho de su / a cónyuge.

4. No haber sido despedido / a ni separado / a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para desarrollar empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de tener la nacionalidad de otro Estado, no hallarse inhabilitado / ao en situación equivalente ni haber sido sometido / a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Todos los requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse el día del inicio de la prestación de servicios con el Ayuntamiento.

Presentación de solicitudes: La solicitud de participación en el proceso de selección, que irá dirigida al Instituto Municipal de Informática (IMI), se presentará en soporte papel en las Oficinas de Atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Barcelona ( ver Anexo núm. 2), o bien se podrá enviar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso y para poder participar, los aspirantes deberán declarar expresamente que cumplen con todos los requisitos de la convocatoria.

El modelo de solicitud de participación se puede encontrar en la web del Ayuntamiento de Barcelona http://ajuntament.barcelona.cat, accediendo desde el apartado oferta pública «Bolsa de Trabajo».

Plazo de presentación de solicitudes del proceso selectivo

Para presentar la solicitud, los aspirantes dispondrán del plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

Las personas que deseen participar en la citada convocatoria deberán presentar la solicitud en soporte papel en las Oficinas de Atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Barcelona o bien enviarlas por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fuente y más información: 

  • ANUNCIO sobre ampliación de la bolsa de trabajo de la categoría de técnico/a superior en informática del Instituto Municipal de Informática del Ayuntamiento de Barcelona. Versión HTML Texto y ficha  
  • ANUNCIO sobre ampliación de la bolsa de trabajo de la categoría de técnico/a medio/a en informática del Instituto Municipal de Informática del Ayuntamiento de Barcelona. Versión HTML Texto y ficha  

 


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