Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2.356 Becas de Colaboración para el curso 2018-2019, con la distribución que se recoge en el Anexo a esta Resolución.
Es objeto de la presente convocatoria promover la iniciación en tareas de investigación de los estudiantes universitarios que vayan a finalizar los estudios de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales, mediante la asignación de una beca que les permita iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
Cuantía de las becas. La dotación total y única de la beca para cada uno de los beneficiarios será de 2.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios académicos.
Podrá obtenerse la condición de beneficiario de esta beca en un único curso académico y por una sola vez, siendo compatible solamente con las becas de carácter general para el curso 2018-2019, convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional para los estudiantes universitarios. No obstante, en los casos de premios u otras modalidades de ayuda que, no siendo para la misma finalidad, se otorguen exclusivamente en atención al excelente rendimiento académico la compatibilidad deberá solicitarse por el estudiante o por la entidad convocante a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa.
Destinatarios: Estudiantes matriculados en grado, máster o segundo ciclo de estudios universitarios.
Requisitos:
Estudiantes de grado:
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Máster oficial.
- Estar matriculado en el curso 2018-2019 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios.
- Los estudiantes de grado deberán encontrarse cursando los últimos créditos para completar los requisitos para la obtención del título, y haber superado el 75% de la carga lectiva.
- Tener como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
- 7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
- 7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas
- 7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud
- 8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades
Estudiantes de máster:
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor.
- Estar matriculado en el curso 2018-2019 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
- Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al master, la nota media establecida en el apartado anterior, en función de la rama de conocimiento de procedencia
Convocatoria
- Convocatoria de las becas
- Anuncio de la convocatoria Fecha de publicación en el BOE: 11-08-2018
Plazo de presentación de solicitudes Desde el 13 de agosto de 2018 Hasta el 18 de septiembre de 2018
Toda la información sobre la convocatoria de becas en el siguiente enlace. BECAS DE COLABORACIÓN