ORDEN EYE/160/2013, de 18 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de prácticas no laborales realizadas en empresas con compromiso de contratación, y se aprueba su convocatoria para 2013.
Fuente: http://bocyl.jcyl.es/
CORRECCIÓN de errores de la Orden EYE/160/2013, de 18 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de prácticas no laborales realizadas en empresas con compromiso de contratación, y se aprueba la convocatoria para 2013.
Fuente: http://bocyl.jcyl.es/boletin.do?fechaBoletin=05/04/2013
Las prácticas no laborales objeto de estas subvenciones deberán desarrollarse
por personas jóvenes que, en el momento de iniciarse aquéllas, cumplan los siguientes
requisitos:
a) Tener una edad comprendida entre los 18 y los 25 años inclusive.
b) Ser desempleados inscritos en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
No podrán ser destinatarios los desempleados inscritos como «demandantes de
otros servicios».
c) Estar en posesión de una titulación oficial universitaria, titulación de formación
profesional, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta
última, correspondiente a las enseñanzas de formación profesional, artísticas o
deportivas, o bien un certificado de profesionalidad.
d) Haber finalizado los estudios correspondientes a dicha titulación o haber obtenido
certificado en los tres años anteriores a la fecha de inicio de las prácticas.
e) No haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional
superior a tres meses en la misma actividad, entendiendo por tal el desempeño
de actividades de contenido y responsabilidad semejantes a aquéllas por las
que va a realizar las prácticas no laborales. No se tendrán en cuenta a estos
efectos las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las
titulaciones o certificados correspondientes.
POR FAVOR, SABE COMO SE PUEDE APUNTAR UNO PARA PODER OPTAR A ESTAS PRÁCTICAS. O DÓNDE HAY QUE APUNTARSE.
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN.
Hola Adrián, los beneficiarios son las Empresas «Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecidos
en la presente orden, las personas físicas o jurídicas, y las comunidades de bienes que tengan la consideración de empresas privada…» Hay que esperar para comproboar qeu emrpesas las solicitan. También puedes utilizar esta información para porponérselo a alguna empresa para que puedas realizar las prácticas. Un saludo