Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
- Publicado en: Boletín Oficial del Estado, núm. 47 de 23 de febrero de 2013, páginas 15219 a 15271 (53 págs.)
50 medidas de apoyo a jóvenes parados y emprendedores
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado un decreto-ley que incluye 50 medidas para favorecer el empleo joven, la financiación de pymes y autónomos y apoyos fiscales a la iniciativa emprendedora.
- A partir de este domingo hay una ‘tarifa plana’ de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social para nuevos autónomos menores de 30 años.
- Se crea el Portal Único de Empleo donde se alojará toda la información de utilidad para orientar a los jóvenes y ayudarles a encontrar empleo.
- Las 11 medidas de choque suponen un coste de 1.200 millones de euros.
- Amplía el Plan de Pago a Proveedores con más de 2.600 millones de euros.
- Consulta toda la información en el Boletín Oficial del Estado.
El decreto-ley, que entrará en vigor este domingo, contempla medidas en varios ámbitos: la estrategia de emprendimiento joven, apoyos fiscales a la iniciativa emprendedora, medidas de apoyo a la financiación de pymes y autónomos, medidas de lucha contra la morosidad y la ampliación del pago a proveedores, así como medidas de liberalización en el sector ferroviario y en el de hidrocarburos.
El contrato de prácticas se podrá suscribir después de finalizar un contrato de formación y aprendizajeEntre las medidas aprobadas se encuentra el establecimiento de una ‘tarifa plana’ de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social, para nuevos autónomos menores de 30 años que inicien una actividad por cuenta propia, durante los primeros seis meses. El Ministerio de Empleo calcula que esta ‘tarifa plana’ para emprendedores beneficiará potencialmente a unos 80.000 autónomos al año y permitirá que en conjunto hasta 30.000 jóvenes se den de alta adicionalmente en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo (RETA) en los próximos cuatro años.
Esta medida contempla que durante los seis meses inmediatamente siguientes a la fecha de alta en el RETA se aplicará una reducción del 80% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento en este Régimen.
De esta forma, el nuevo autónomo menor de 30 años podrá cotizar durante el primer semestre una cuota aproximada de 50 euros. Posteriormente, durante los siguientes seis meses, se aplicará una nueva reducción sobre la base mínima de un 50%, y transcurrido el primer año, los hombres de hasta 30 años y las mujeres de hasta 35 años, se beneficiarán del mantenimiento de una reducción y una bonificación en sus cotizaciones de un 30% durante los siguientes 18 meses.
En el caso de las nuevas empress, durante esos dos primeros años tributarán al tipo reducido del 15% hasta los primeros 300.000 euros de facturación y el resto, al 20%. En cuanto a los desempleados decidan establecerse como autónomos y perciban la prestación por desempleo como pago único quedarán totalmente exentos de tributar por esta compensación en el IRPF, frente a los 15.500 euros que están exentos en la actualidad.
11 medidas de choque
Las 11 medidas de choque que se han incluido inicialmente en el Real Decreto Ley que se publican supondrán un coste de 1.200 millones de euros, de los 3.500 millones estimados para el conjunto de la Estrategia. Además, han indicado que el 32% de este montante total será costeado por el Fondo Social Europeo.
Los beneficiarios de prestaciones por desempleo pueden capitalizar el 100% para aportaciones al capital de todo tipo de sociedades
Otra de las medidas presentadas en el Consejo de Ministros y publicada en el BOE es la posibilidad de que los beneficiarios de prestaciones por desempleo puedan capitalizar el 100% de esta cuantía para realizar aportaciones al capital social de todo tipo de sociedades, se circunscribirá a las de nueva creación para evitar la ‘compra’ de puestos de trabajo.
Además, en el caso de la reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante un máximo de 12 meses –75% en empresas de más de 250 personas y del 100% para el resto–, está se supeditará al mantenimiento del empleo neto. Empleo también ha precisado que este incentivo podrá ser prorrogado por otros 12 meses adicionales siempre que se acredite por el trabajador la realización de la formación referida, en ese segundo año o en los seis meses anteriores a la renovación.
También en materia de contratación, el contrato en prácticas se podrá suscribir después de haber finalizado un contrato de formación y aprendizaje previamente en la misma empresa. Otras de las medidas que se incluyen en el Real Decreto Ley se refieren al impulso con las comunidades autónomas de la colaboración público-privada para la intermediación en el ámbito de los servicios públicos de empleo.
Las medidas anunciadas este viernes añaden también la reanudación del cobro de las prestaciones si se da el caso de que la actividad iniciada no tiene éxito, se emplía de dos a cinco años.
‘Contrato generaciones’ y primer empleo
Portal Único de Empleo
Además, las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos. También se crea un Portal Único de Empleo que facilitará la búsqueda de empleo y donde se alojará toda la información de utilidad para orientar a los jóvenes y poner a su alcance herramientas que faciliten la búsqueda de empleo o el inicio de una actividad empresarial.
Se habilita a las Empresas de Trabajo Temporal para contratos de formación y aprendizaje
Además, por otra parte, se habilita a las Empresas de Trabajo Temporal para celebrar contratos para la formación y aprendizaje. También se facilita a los seguros privados y fondos de pensiones que inviertan en valores negociados en el Mercado Alternativo Bursátil y en entidades de capital riesgo. De la misma forma se facilita el desarrollo de los mercados de renta fija para mejorar el acceso a la financiación no bancaria de las empresas españolas. Se suaviza la limitación impuesta en el artículo 405 de la Ley de Sociedades de Capital, por la que el importe total de las emisiones de las sociedades no puede ser superior al capital social desembolsado, más las reservas.
Plan de pago a proveedores
Por otra parte, se amplía el Plan de Pago a Proveedores con más de 2.600 millones de euros, dando una segunda oportunidad a proveedores de Entidades Locales y Comunidades Autónomas ya incluidas en el Plan, así como ampliando el ámbito de aplicación a nuevas Administraciones. En concreto, se permite la adhesión a Entidades Locales del País Vasco y Navarra incluidas en el modelo de participación en tributos del Estado y a las mancomunidades de municipios.
Se da una segunda oportunidad a proveedores de Entidades Locales y Comunidades ya incluidas en el Plan
En cualquier caso, se mantiene la limitación temporal a facturas anteriores al 1 de enero de 2012. Además, se amplía el tipo de facturas que se podrán acoger al Plan, lo cual también se aplica a los municipios y Comunidades Autónomas incluidos en la primera fase.
En concreto, los nuevos contratos incluidos en esta ampliación son los correspondientes a concesiones administrativas, encomiendas de gestión, convenios, contratos de arrendamiento de inmuebles, contratos relacionados con los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, determinados contratos de concesión de obras públicas, determinados contratos de gestión de servicios públicos y contratos de colaboración público-privada.
Fuente: http://www.20minutos.es/