Ampliación de las bolsas de trabajo de aspirantes a interinidades de distintas especialidades correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
La presente resolución tiene por objeto convocar procedimiento de selección, mediante el sistema de concurso, para ampliar las bolsas de trabajo del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional en las especialidades que se citan a continuación, al objeto de nombrar personal funcionario interino docente cuando existan razones de urgencia o necesidad que justifiquen la cobertura de plazas que no sea posible proveer con funcionarios de carrera y no existan aspirantes suficientes en las bolsas de trabajo vigentes:
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (590):
- – Griego.
- – Latín.
- – Economía.
- – Sistemas Electrotécnicos y Automáticos.
- – Inglés.
- – Asesoría y Procedimientos de Imagen Personal.
- – Música. – Lengua Castellana y Literatura.
- – Geografía e Historia.
- – Formación y Orientación Laboral.
- – Dibujo.
Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (591):
- – Procedimientos Sanitarios y Asistenciales.
- – Procesos de Gestión Administrativa.
Requisitos generales.
- a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún estado
- b) Tener cumplida la edad mínima de acceso a la función pública y no exceder la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.
- c) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el ejercicio de las funciones docentes inherentes al cuerpo y especialidad correspondientes.
- d) Poseer la capacidad funcional y la competencia profesional adecuada para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad correspondiente.
- e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.
- f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
- g) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo y especialidad de la bolsa de la que se pretenda formar parte.
- h) No formar parte de una bolsa de trabajo vigente en el mismo cuerpo y especialidad.
- i) No haber sido excluido de las bolsas de trabajo por falta de la competencia profesional o de capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas docentes declaradas por resolución del órgano directivo competente en materia de profesorado.
- j) Cualquier otro requisito que la legislación general o específica determine para el acceso a la función pública
El plazo de presentación de solicitudes será de 3 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y la solicitud de participación se formalizará electrónicamente, a través del Portal de Educación, en la dirección www.educa.jccm.es, a la que podrá accederse asimismo a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es//)
Toda la información en este enlace