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1.800 plazas para el ingreso en las escalas de tropa y marinería


Convocar el proceso de selección para cubrir las plazas, con parámetros objetivos de selección, para el acceso de personal nacional y extranjero a la condición de militar de tropa y marinería, en el número que resulte necesario sin superar 79.000 efectivos el día 31 de diciembre de 2022, de los que como máximo podrán ser 7.110 no nacionales.

Mediante la presente Resolución se ofertan mil seiscientas veintisiete (1627) plazas, correspondientes al ciclo de selección número 1, y ciento setenta y tres (173) plazas correspondientes al ciclo de selección 1 bis de acuerdo con la distribución que figura en el anexo II y en el anexo III. Del total de estas plazas, las personas extranjeras podrán optar en concurrencia con los españoles a treinta y siete (37) del ciclo 1.

El proceso de selección se llevará a cabo a lo largo del año 2022 mediante el establecimiento de los ciclos de selección, cuyos calendarios se establecen en el apéndice 1. Cada uno de estos ciclos comprende el período de tiempo en el que se desarrollan todos los trámites de selección e incorporación a los diferentes centros docentes militares de formación.

1  Condiciones generales comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:

a) Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los países que figuran en el apéndice 2.

b) El día de incorporación al centro docente militar de formación correspondiente: cumplir o haber cumplido antes de esa fecha los 18 años de edad y no haber cumplido con anterioridad a ese día los 29.

c) Carecer de antecedentes penales, y no tener abierto en calidad de procesado, imputado, investigado o encausado ningún procedimiento judicial por delito doloso.

d) No estar privado de los derechos civiles.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

f) Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la presente convocatoria.

g) Estar en posesión de los niveles de estudios o de la titulación exigida para acceder, en su caso, a cada plaza.

h) No ser militar de tropa y marinería con compromiso en vigor ni estar realizando la fase de formación militar general para adquirir tal condición.

i) No haber sido resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería

j) No haber causado baja en cualquier fase de la enseñanza de formación militar como consecuencia de:

a. Carencia de las cualidades en relación con los principios constitucionales y las reglas de comportamiento del militar a los que se refiere el artículo 64.1.d) y f) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, acreditada en expediente personal extraordinario, mediante resolución motivada y previa audiencia del interesado.

b. Imposición de sanción disciplinaria por falta grave de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre.

c. Imposición de sanción disciplinaria de baja en el centro docente militar de formación por falta grave o separación del servicio o resolución de compromiso por falta muy grave, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre.

2 Condiciones generales para solicitantes extranjeros:

a) Tener en vigor la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España, o la Tarjeta de familiar de residente comunitario, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro de formación correspondiente.

b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.

c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.

d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.

e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.

3 Condiciones específicas comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:

a) Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes. Este requisito se acreditará mediante la presentación del certificado original y fotocopia, o copia electrónica auténtica, del título. Esta diligencia puede dar lugar, en caso de falsedad documental, al inicio de la determinación de las responsabilidades de cualquier índole en que pudiera haber incurrido, en aplicación expresa de la base 5.6 del presente anexo I, a cuyo efecto los Gestores de las Áreas de Reclutamiento de las Subdelegaciones de Defensa lo pondrán en conocimiento de la Comisión Permanente de Selección. Los títulos, diplomas o estudios extranjeros presentados por el personal aspirante, deberán estar homologados a los títulos españoles, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, o conforme a lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria.

b) No haber renunciado a la plaza asignada o no haber efectuado la presentación, sin causas justificadas, en el centro de formación para iniciar la fase de formación militar general o no haber causado baja voluntaria durante la misma, en virtud de su participación en el último ciclo de selección anterior al que se solicite, con independencia de la convocatoria a la que pertenezca dicho ciclo.

c) No encontrarse en la situación de pendiente de repetición de la fase de formación militar general correspondiente a alguno de los ciclos de selección de la actual o de anteriores convocatorias, salvo renuncia expresa dirigida al Director de Enseñanza correspondiente.

d) No haber finalizado el compromiso en anterior relación con las Fuerzas Armadas, como consecuencia de haber resultado no idóneo en la preceptiva evaluación previa a su renovación desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.

e) En anterior relación con las Fuerzas Armadas, no tener denegada la suscripción del compromiso de larga duración que establece el artículo 9 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.

f) No haber causado baja en los centros de formación de militares de tropa y marinería por no superar, dentro de los plazos establecidos, las pruebas previstas en los planes de estudios.

g) Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armadas.

h) No haber sido calificado «No Apto Permanente en la presente convocatoria» en el ciclo de selección número 1 de esta convocatoria, por algún Centro de Selección o Unidad de Reconocimiento de los Hospitales y Centros Sanitarios de la Red Hospitalaria de la Defensa, en alguna de las causas recogidas en el cuadro médico de exclusiones exigibles para el ingreso en los centros docentes militares de formación aprobado por la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero (BOE número 11, de 12 de enero), corregida por la Orden PCI/310/2019, de 19 de marzo (BOE número 68, de 20 de marzo) y modificada por la Orden PCM/79/2020, de 29 de enero (BOE número 27, de 31 de enero).

i) En caso de ser ofertada alguna plaza, las personas solicitantes de la especialidad fundamental Música, además de cumplir lo señalado en la base 3.3.a), deberán acreditar tener superados al menos los dos primeros años de los estudios de las enseñanzas profesionales artísticas de Música, en la especialidad de uno de los instrumentos para los que se ofertan plazas, estudios que deben haber sido realizados en un centro inscrito en el Registro Estatal de Centros Docentes no Universitarios (RCD).

j) No haber sido excluido en cualquier proceso de selección de acceso y promoción en las Fuerzas Armadas, desde el 1 de enero de 2021, por haber dado positivo por consumo de drogas o sustancias psicotrópicas, en la analítica que en el seno del mismo hubiere sido practicada.

La participación en alguno de los ciclos del proceso de selección de esta convocatoria, se iniciará con la aceptación de la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento/Jefe del Órgano de Apoyo/Secretario General de la Subdelegación o Delegación de Defensa de la provincia de residencia de la persona aspirante, solicitud que se podrá realizar durante el periodo de tiempo establecido en el calendario del apéndice 1 para cada ciclo de selección.

La cita previa se realizará a través de la página web del Ministerio de Defensa https://reclutamiento.defensa.gob.es, conforme con lo establecido en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Calendario de los ciclos de selección del año 2022
Ciclo de selecciónInicio del plazo de solicitud de cita previaFin del plazo de solicitud de cita previaIngreso en el CFOR1Fin del periodo de orientación y adaptaciónInicio de la fase de formación militar generalFecha antigüedad de incorporación a las escalas de Tropa y Marinería
Primero.Día siguiente de publicación en BOE24 FEB 2223 MAY 225 JUN 226 JUN 2229 JULIO 22
Primero Bis.24 MAY 2206 JUN 227 NOV 2221 NOV 2222 NOV 2231 ENE 23
Segundo.4 JUL 2218 JUL 227 NOV 2221 NOV 2222 NOV 2231 ENE 23
1 Centro de formación.

Fuente y más información en el siguiente enlace: Resolución 452/38024/2022, de 9 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería.


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