El objeto de esta convocatoria es la provisión de 76 plazas de la categoría de Auxiliar de Jardinería de 1º y 2º año para Parques y Jardines de Barcelona, Instituto Municipal (en adelante IMPIJ), mediante concurso-oposición libre.
Para tomar parte en esta convocatoria los aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener 16 años cumplidos y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.
b) Estar en posesión del título académico de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente, o cualquier otro de nivel superior. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, deberá presentar la correspondiente homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
c) Acreditar estar en posesión del certificado de nivel elemental de lengua catalana (certificado B1) o superior de la Dirección General de Política Lingüística del Departamento de Cultura o equivalente. En caso de no disponer del certificado de conocimientos de catalán se realizará la correspondiente prueba dentro del proceso de selección.
d) Tener la nacionalidad española o, de conformidad con el artículo 57 de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y del artículo 10 de la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, también:
y. las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea;
ii. las personas que, cualquiera que sea su nacionalidad, sean el / la cónyuge de españoles y de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho; así como los / las descendientes y / las descendientes del / de la cónyuge siempre que no estén separados de derecho, y sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes;
iii. las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.
iv. las personas extranjeros con residencia legal en España.
En todos los casos, las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar documentalmente su nacionalidad. Asimismo, deberán acompañar copia de la documentación que acredite la residencia legal en España, y por los casos de los cónyuges y / o descendientes de los nacionales españoles y del resto de estados de la Unión Europea deberá aportar documentación que acredite el vínculo matrimonial, el parentesco, y el estado de dependencia por los descendientes mayores de 21 años dependientes.
e) Las personas aspirantes admitidas en el proceso selectivo que no tengan nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento de la lengua castellana, tanto en la expresión oral como en la escrita, en el grado adecuado al ejercicio de las funciones propias de la categoría.
f) No haber sido despedido / a ni separado / a del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna administración pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para desarrollar empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de tener la nacionalidad de otro Estado, no hallarse inhabilitado / ao en situación equivalente ni haber sido sometido / a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
g) Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las funciones y las tareas propias de la categoría convocada. Las personas con reconocimiento de discapacidad deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el punto 4.3 Turno de integración, de las presentes bases.
Todos los requisitos deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse el día del inicio de la prestación de servicios con la IMPIJ.
Los aspirantes deberán presentar la solicitud en el plazo de 20 días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, sin perjuicio de que las solicitudes se pueden comenzó a presentar a partir de la primera publicación que se produzca.