El SEPE acaba de publicar una Guía básica del trámite de solicitud colectiva de prestaciones. En esta guía te ofrecen aclaraciones sobre cómo solicitar, de forma colectiva por la empresa, las prestaciones por desempleo por suspensión o reducción de jornada consecuencia del COVID-19.
Las personas afectadas por ERTEs no tienen que presentar solicitud de prestación por desempleo. Su empresa se encargará de hacerlo cuando esté aprobado el ERTE. Si usted está afectado por un ERTE, NO presente solicitud, ni solicite cita previa. La utilización indebida de estos canales dificulta la atención y la prestación del servicio.
La información de la guía se centra en:
- ¿Quién solicita esta prestación?
- ¿Qué es el formulario de solicitud colectiva y qué información debe contener?
- ¿Qué trabajadores se deben incluir en el envío?
- ¿Cuándo hay que presentarlo?
- ¿Cómo y cuándo se remite el certificado de empresa?
Desde este enlace puedes acceder a la descarga de la guía: Guía básica del trámite de solicitud colectiva de prestaciones
También y para más información puedes consultar la sección de preguntas frecuentes para empresas: principales preguntas frecuentes orientadas hacia las empresas sobre temas relativos a trámites relacionados con trabajo y empleo y la situación excepcional motivada por el COVID-19.
Enlace relacionado: Puedes encontrar toda la información relativa a Empresas y las medidas excepcionales por el COVID-19 en este enlace.