Durante el período de vigencia de las medidas extraordinarias en materia de salud pública adoptadas por las autoridades para combatir los efectos de la extensión del COVID-19, puede enviar el formulario que se encuentra disponible en la Sede electrónica del SEPE y un gestor del SEPE se pondrá en contacto con usted en los próximos días para formalizar su solicitud.
Este formulario NO es una solicitud definitiva pero permite anticipar la recogida de datos para agilizar la tramitación de la solicitud y solo es válido para personas desempleadas, no para aquellas afectadas por ERTEs.
Si dispone de DNI electrónico, certificado digital o cl@ve puede presentar su solicitud a través de la sede electrónica del SEPE.
Medidas Extraordinarias adoptadas frente al COVID-19
- Se suspenden los plazos en la presentación de solicitudes y no se recortan los derechos por presentar solicitudes fuera de plazo.
- Se han adoptado medidas de protección por desempleo para los trabajadores afectados por suspensiones de contrato y reducciones de jornada (ERTEs).
Si ya es perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo
- Durante este período su demanda permanecerá en alta sin necesidad de acudir a su Oficina a renovarla.
- No se tiene que solicitar la prórroga del subsidio, el pago se mantendrá transcurridos los seis meses.
- No se interrumpirá el pago de los subsidios por desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años.
Si se ha visto afectado por un ERTE
- No tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de su prestación se tramitará entre su empresa y el SEPE. Próximamente darán más detalles sobre este procedimiento.
Si se encuentra en situación de desempleo no motivada por un ERTE
- Solicite cita previa telemáticamente para ser atendido por el SEPE (indique correo electrónico).
- Formulario para pre-solicitud individual de prestaciones por desempleo (solo para personas desempleadas no afectadas por ERTEs)
Fuente: SEPE
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