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La Junta de Andalucía convoca 297 plazas para 18 categorías diferentes


 Se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en los cuerpos, opciones y/o subopciones relacionados en el siguiente cuadro, indicándose para cada uno el número de plazas y anexo correspondiente. Asimismo se incluye para cada cuerpo, opción y/o subopción el importe de la tasa a satisfacer para la participación en el proceso selectivo.

CUERPO, OPCIÓN Y/O SUBOPCIÓNTOTAL PLAZASTURNO GENERALCUPO DISCAPACIDAD
GENERALENFERMEDAD MENTAL
A1.2001 SUPERIOR FACULTATIVO.
ARQUITECTURA SUPERIOR
1091
A1.2002 SUPERIOR FACULTATIVO.
INGENIERÍA AGRÓNOMA
12111
A1.2005 SUPERIOR FACULTATIVO.
INGENIERÍA DE MINAS
21192
A1.2007 SUPERIOR FACULTATIVO.
BIOLOGÍA
5
A1.2009 SUPERIOR FACULTATIVO.
MEDICINA.
SUBOPCIÓN.
MEDICINA DEL TRABAJO
40382
A1.2012 SUPERIOR FACULTATIVO.
VETERINARIA
28262
A1.2013 SUPERIOR FACULTATIVO.
GEOGRAFÍA
5
A1.2016 SUPERIOR FACULTATIVO.
PSICOLOGÍA
11101
A1.2019 SUPERIOR FACULTATIVO
INFORMÁTICA
26242
A1.2024 SUPERIOR FACULTATIVO.
CONSERVADORES DE MUSEOS
5
A1.2028 SUPERIOR FACULTATIVO.
CIENCIAS SOCIALES
Y DEL TRABAJO
5
A2.2001 TÉCNICOS DE GRADO MEDIO.
ARQUITECTURA TÉCNICA
14131
A2.2002 TÉCNICOS DE GRADO MEDIO.
INGENIERÍA TÉCNICA AGRÍCOLA
12111
A2.2004 TÉCNICOS DE GRADO MEDIO.
INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL
27252
A2.2005 TÉCNICOS DE GRADO MEDIO.
INGENIERÍA TÉCNICA DE MINAS
18171
A2.2008 TÉCNICOS DE GRADO MEDIO.
PESCA
5
A2.2010 TÉCNICOS DE GRADO MEDIO.
TRABAJO SOCIAL
454032
A2.2012 TÉCNICOS DE GRADO MEDIO.
INFORMÁTICA
871

Requisitos de las personas aspirantes.

1. Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos de acceso libre para acceder a los cuerpos, opciones y/o subopciones convocados, deberán reunir los siguientes requisitos:

1.1. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

1.2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.

1.3. Estar en posesión del título contemplado en el Anexo I correspondiente al cuerpo, opción y/o subopción al que se presenta u otro título equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo, opción y/o subopción a que se aspira.

1.5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo, opción y/o subopción convocado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Solicitudes, tasa y plazo de presentación.

  • 1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud, que se ajustará al modelo oficial referido en el Anexo III de la presente resolución.
  • 2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.

Fuente: Resolución de 12 de noviembre de 2019, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos, opciones y/o subopciones de la Administración General de la Junta de Andalucía.


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