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Bolsas de Trabajo de Técnicos de Empleo y Prospectores en el Ayuntamiento de Girona


El objeto de estas bases es la creación de la bolsa de trabajo para cubrir futuras contrataciones de carácter temporal, en la categoría de técnico / a de prospección de empresas y técnicos de empleo en el Ayuntamiento de Girona.

Estas bolsas de trabajo se regirán por estas bases y por las bases generales para la creación de bolsas de trabajo de funcionarios interinos y personal laboral temporal del Ayuntamiento de Girona aprobadas por la Junta de Gobierno Local de 23 de junio de 2016 y publicadas en el BOP el 1 de agosto de 201

Requisitos:

a) • Tener ciudadanía española de acuerdo con las leyes vigentes.

• Tener ciudadanía de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de los estados que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de las personas españolas y de las nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente podrán ser admitidas las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de una titulación universitaria oficial de Grado o equivalente en el ámbito educativo, social o empresarial o, en su defecto, de una titulación universitaria oficial de Grado o equivalente en otras materias, pero con experiencia y competencia acreditable de al menos 3 años como técnico / a de prospección de empresas en el ámbito de las políticas activas de empleo.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de la función.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna administración, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) Estar en posesión del título acreditativo del Nivel de suficiencia (C1) de la Dirección General de Política Lingüística o equivalente.

g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual que incluye la agresión y el abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores , así como por el tráfico de seres humanos

Desde estos enlace puedes acceder a cada una de las convcatorias:

 


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