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Bases Bolsas de empleo de la Societat Anònima dels Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana


Las bolsas a que se refieren las presentes bases estarán constituidas por el personal aspirante que reúna los requisitos establecidos en la base segunda, ordenado en cada una de ellas de mayor a menor puntuación total.

Para ser admitido y formar parte de cada una de las bolsas, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad: tener la nacionalidad española, ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de algún estado al que sea de aplicación la libertad de circulación de trabajadores. Independientemente de su nacionalidad, el cónyuge de las y los españoles y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el cónyuge de los nacionales de algún estado en los que sea de aplicación la libertad de circulación de los trabajadores, siempre que no estén separados de derecho.

Asimismo y con las mismas condiciones que los cónyuges, podrán participar los descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

También podrán participar en la presente convocatoria las personas extranjeras con residencia legal en España.

b) Edad: haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Titulación: estar en posesión de la titulación exigida para el acceso a las categorías a cuyas bolsas se opte o equivalente y que figura en la relación de puestos de trabajo de la Societat, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Capacidad: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

e) Habilitación: no hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su estado el acceso al empleo público.

f) Cumplir el resto de los requisitos exigidos para cada área profesional que figuran en la relación de puestos de trabajo de la Societat.

Fuente: RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2018, del presidente del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació, por la que hacen públicas las bases aprobadas por el Consejo Rector para la constitución de las bolsas de empleo temporal para la contratación laboral temporal en determinadas áreas o categorías profesionales de la Societat Anònima dels Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana y se hace pública su convocatoria. [2018/9164]

 


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