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Entra en vigor la nueva AYUDA «Renta Garantizada de Ciudadanía» de CyL


El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto-Ley por el que se adoptan medidas extraordinarias con el fin de reforzar la cobertura de las necesidades de atención social en el ámbito de la Red de Protección a las familias afectadas por la crisis.

Las medidas extraordinarias que recoge el Decreto-Ley pretenden asegurar la armonización y complementación entre los sistemas de protección social y laboral, orientando su actuación de forma coordinada hacia la plena inserción social y laboral de las personas y familias en situación de riesgo o exclusión.

 

Principales medidas que introduce el Decreto-Ley

Las nuevas medidas extraordinarias afectan a aquellas prestaciones de la Red dirigidas a atender necesidades de subsistencia, como la prestación de renta garantizada de ciudadanía, la prestación económica para necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social o la prestación económica extraordinaria frente a situaciones de deuda hipotecaria. El conjunto de las medidas se pueden agrupar en tres grupos: las de compatibilidad entre prestaciones, las de flexibilización para el acceso a las prestaciones y las de mejora del procedimiento.

1.- Medidas de compatibilidad entre prestaciones.

El Decreto-Ley establece la ampliación de los supuestos de compatibilidad de las prestaciones y ayudas de la Red de Protección con determinadas prestaciones públicas como las prestaciones por desempleo, subsidio de desempleo, Programa de Renta Activa de Inserción (RAI), Programa de activación para el Empleo (PAE), Programa Personal de Integración y Empleo (PIE), Programa de Recualificación Profesional (PREPARA) u otras similares que normativamente se determinen, ya se perciban por el desempeño de una actividad laboral, se dirijan a favorecer la inserción laboral de las personas en riesgo de exclusión social o se perciban derivadas de la atención a determinadas personas con discapacidad.

Al mismo tiempo, se establece la compatibilidad de las prestaciones de la Red con otras prestaciones sociales que antes eran incompatibles, como la percepción de prestaciones por la suspensión del contrato de trabajo por maternidad o paternidad y por riesgo durante el embarazo; las prestaciones por incapacidad temporal durante el desarrollo del trabajo, y aquellas prestaciones por hijo a cargo, en los casos en los que el sujeto causante sea el hijo.

2.- Medidas de flexibilización para el acceso a las prestaciones

Se flexibiliza el cumplimiento de los requisitos para tener derecho a estas prestaciones fundamentalmente a través de modificaciones en las reglas de cómputo de ingresos, bienes muebles e inmuebles.

En aquellos casos en los que se tengan en cuenta los ingresos, para los autónomos se establece que cuando se tengan en cuenta los rendimientos del trabajo por cuenta propia para el reconocimiento de las prestaciones, y estos sean inferiores al 50 % del importe de la base de cotización a la Seguridad Social, se computará como ingreso una cantidad igual a dicho importe.

En los casos en los que se tenga en cuenta el patrimonio se exceptuarán del cómputo los bienes rústicos ubicados en localidades que cuenten con menos de 5.000 habitantes; en el caso de bienes inmuebles urbanos, cuyo valor catastral sea inferior a 12.000 euros, se computarán al 50 % de dicho valor, y en los casos de copropiedad de un bien inmueble heredado, cuya titularidad sea compartida con personas ajenas a su unidad familiar, se excluirá del cómputo cuando el valor catastral de su parte sea inferior a dos anualidades del 80 % del IPREM.

3.- Medidas para la mejora del procedimiento

Las medidas incluidas en el Decreto-Ley mejoran el procedimiento, ya que se reconoce el nacimiento del derecho y consiguiente devengo de la prestación desde el mes siguiente a producirse la solicitud, en lugar de los tres meses actuales.

Al mismo tiempo, se reduce a un mes el periodo de suspensión de la prestación cuando no se renueve el alta como demandante de empleo.

Además, se fomenta la inserción laboral de los beneficiarios de estas prestaciones al facilitar la reanudación automática de su percepción una vez finalizada la actividad laboral cuando el beneficiario la tuviera suspendida por obtener ingresos de dicha actividad.

La Red de Protección a las familias afectadas por la crisis en 2015

La Red de Protección a las familias, puesta en marcha por la Junta de Castilla y León en 2013, ha ofrecido respuestas concretas y urgentes a las necesidades de una media de 150.000 castellanos y leoneses al año. La Red está compuesta por 23 programas y 300 agentes y la Junta destinó a ella en 2015 un gasto cercano a los 160 millones de euros. Los datos que presenta la Red de Protección en 2015 en sus programas más relevantes son los siguientes:

  • Renta Garantizada de Ciudadanía. 
  • Servicio de entrega de alimentos
  • Servicio Integral de apoyo a las familias en riesgo de desahucio
  • Ayudas económicas para necesidades de urgencia social

Fuente y más información en: JCyL

Desde este enlace puedes acceder a los requisitos y solicitud para la Renta Garantizada de Ciudadanía  y Renta Garantizada de Ciudadanía


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