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Soy trabajador de la construcción, ¿cómo puedo trabajar en el Reino Unido?


Ayer se publicaba una noticia en la que se informaba sobre las oportunidades de empleo que el Reino Unido tiene para los profesionales del sector de la construcción. Las constructoras británicas necesitan personal.

Se advertía incluso sobre el alto nivel salarial que regían dichas relaciones laborales.  El informe lo publicaba Manpower y seguro que algunos de vosotros os habéis puesto en contacto con esta empresa de recursos humanos para preguntar al respecto.

Debido a la gran cantidad de consultas sobre el tema,  os envío esta entrada,  publicada en la web de empleo de UK,  que hace un pequeño resumen de todo lo necesario para trabajar en la construcción y cómo encontar empleo.  Espero que todas vuestras dudas queden aclaradas. Un Saludo y suerte.

Soy trabajador de la construcción, ¿cómo puedo encontrar trabajo?

Con independencia de los requisitos específicos que el ejercicio de ciertas actividades profesionales puedan tener, las principales empresas de construcción en el Reino Unido exigen a sus empleados estar en posesión de una tarjeta llamada “Construccions Skills Certificate Scheme Card (CSCS Card).

Esta tarjeta tiene como objeto el garantizar tanto a empresas como a particulares de la competencia profesional de los trabajadores que contratan y evitar el intrusismo profesional. En la actualidad más de 1.750.000 trabajadores de la construcción en el Reino Unido son titulares de esta tarjeta.
Dependiendo de la cualificación profesional demostrada por el solicitante y la especialidad, existen diferentes tipos de tarjeta.
Se puede obtener información sobre la obtención de esta tarjeta en: http://cscs.uk.com/ (Es posible realizar los tramites para la obtención de la tarjeta profesional en español)
Con cierta frecuencia, las empresas ofrecen puestos de trabajo, sin vinculación laboral directa, indicando al trabajador que debe registrarse como autónomo “Self employed”.  Lo que en realidad le están ofreciendo es un contrato de servicios. Es decir, no va a tener vinculación laboral con su empresa, por lo que la responsabilidad de cotización a la Seguridad Social y el abono de los impuestos que le corresponda pagar es suya. Asimismo, no tiene la misma protección social que un trabajador.
A veces, es dudosa la legalidad de esta oferta, porque lo que en realidad se trata es de un contrato de trabajo encubierto y tiene por objeto que el empresario se ahorre las cotizaciones de seguridad social y otros gastos inherentes a la contratación de trabajadores.
En esta página puede encontrar los criterios que debe seguir un empresario a la hora de determinar si debe realizar a un trabajador un contrato laboral o un contrato de servicios:
  • http://www.hmrc.gov.uk/paye/employees/start-leave/status.htm
En el caso de que tenga duda sobre la legalidad de la oferta que has recibido, puede consultar en las oficinas de asesoramiento al ciudadano “Citizens Advice Bureau”. La página web de estas oficinas de asesoramiento es:
En el caso de que tome la decisión de aceptar la oferta puede encontrar la orientación necesaria para constituirse como self employed en estas webs:
  • http://www.adviceguide.org.uk/index/your_money/employment/self-employment_checklist.htm
OFERTAS

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