Se publica la nueva ayuda de la Junta de Castilla y León para personas en situación de desempleo. En principio decían que iban a flexibilizar los requisitos para ampliar el número de beneficiarios, pero parece ser que no va mucho más allá, ya que esta nueva convocatoria, va dirigida exclusivamente a los que cobraron el Prepara Inicial, es decir, el que lo solicitó entre el 15 de febrero de 2011 y el 15 de agosto de 2011, lo agotó y cumple todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria. No varia nada con respecto a la anterior.
Es cierto que se flexibilizan los requisitos en el sentido de que ahora no pueden haber trabajado por cuenta propia ni ajena durante más de un mes desde la fecha en la que se extinguió por agotamiento la ayuda Prepara en su primera convocatoria, anteriormente eran 7 días.
También se modifica el tiempo que debe estar inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo, que en la nueva normativa establece al menos 6 meses de inscripción cuando antes era 1 año.
También se modifica el periodo de cobro, cuando antes eran 400 euros al mes durante 6 meses ahora son 400 euros al mes pero sólo 4 meses.
El plazo de presentación de solicitudes comienza desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOCYL y hasta el 30 de Septiembre
Si anteriormente los beneficiarios de la primera convocatoria del PIE de mayo de 2012 fueron escasos, parece ser que con estas nuevas modificaciones no van a ser muchos más.
Os mando el texto íntegro de la convocatoria.
ORDEN EYE/727/2012, de 3 de septiembre, por la que se modifica la Orden EYE/324/2012, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa Personal de Integración y Empleo (PIE) dirigido a trabajadores desempleados para la mejora de su empleabilidad e inserción laboral y se aprueba la convocatoria.
Ayudas a TRABAJADORES DESEMPLEADOS que participen en Programas personales de Integración y Empleo (2012)
Fecha de publicación:
4 de septiembre de 2012
Objeto:
Convocar el programa personal de integración y empleo (PIE) dirigido a trabajadores desempleados, para el año 2012, con el objeto de incentivar a aquellos trabajadores desempleados que participen en acciones de orientación, inserción y búsqueda de empleo desarrolladas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, a través de programas personales de integración y empleo.
¿Quién lo puede solicitar?:
Trabajadores Desempleados que cumplan los requisitos.
¿Qué requisitos debo cumplir?:
REQUISITOS y CONDICIONES (75 kbytes)
Cuantía:
- Los beneficiarios recibirán una ayuda de 400 euros por mes, o la parte proporcional por períodos inferiores
- La ayuda tendrá una duración máxima de 4 MESES
- El período de duración máxima de la ayuda se computará de forma continuada, desde el día 1 de septiembre de 2012
- A efectos del cómputo de los periodos de duración de la ayuda los meses se considerarán integrados por 30 DÍAS NATURALES
¿Qué documentos necesito?:
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN, original o fotocopia compulsada:
DOCUMENTACIÓN a presentar (68 kbytes)
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:
Desde el 5 de septiembre de 2012 hasta el 30 de septiembre de 2012
Lugar y Forma de presentación:
Presencial:
- Preferentemente en el registro de la Oficina de Empleo del Servicio Público de Empleo de Castilla y León que a cada solicitante le corresponda.
- Oficinas de Información y Registro de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (LRJAP).
- Oficinas de Correos, en sobre abierto para ser fechada y sellada por el funcionario, antes de proceder a la certificación del envío.
Electrónico:
- Por Internet desde ésta misma página Ver requisitos técnicos.
- Se excluye presentación por FAX.
Organismo:
Responsable:
- Consejería de Economía y Empleo
- Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)
Gestor:
Gerencias Provinciales ECYL
Que resuelve:
Gerentes Provinciales ECYL
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 3 MESES contados desde la solicitud de la ayuda, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA por silencio administrativo.
Notificaciones:
- Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Fuente: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/