La presente convocatoria tiene por objeto fijar los requisitos y criterios de valoración que han de tenerse en cuenta para la selección de 31 Técnicos/as Medios de Orientación Profesional para las distintas Unidades de Orientación mediante Contrato por Obra y Servicio determinado vinculado al cumplimiento de los objetivos determinados para la Unidad de Orientación Profesional Andalucía Orienta de los municipios de Alcalá del Valle, Barbate, Bornos, Espera, Puerto Serrano, Ubrique, Vejer de la Frontera, Villamartín, Alcalá de los Gazules, San Fernando, Arcos de la Frontera, Algodonales y Olvera; dos Técnicos de Acompañamiento para los municipios de Villamartín y San Fernando, según establece la Orden de 26 de septiembre de 2014, por la que se desarrollan los programas de orientación profesional, itinerarios de inserción y acompañamiento a la inserción regulados por el Decreto 85/2003, de 1 de abril, y la Resolución de 27 de octubre de 2020 por la que se efectúa la convocatoria para el año
2020 del Programa de Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción
Requisitos generales a cumplir por los aspirantes:
- a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en el art. 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en lo referente al acceso público de nacionales de otros Estados. En el supuesto de tratarse de personas extranjeras
deberán superar una prueba previa, ante el Órgano de Selección, donde demuestren conocimiento suficiente del idioma español. Esta prueba será calificada de apto o no apto. Quienes, de entre estas personas, hubiesen realizado los estudios oficiales en España o procedan de países cuyo idioma oficial sea el castellano serán eximidas de este requisito por el Órgano de Selección. - b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto. En el supuesto de discapacidad, deberá acreditarse la compatibilidad de ésta con el desempeño de las tareas del puesto.
- c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- d) No hallarse incurso en causa de inhabilitación para el ejercicio de la función pública con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas. Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán acreditar, además de lo previsto anteriormente, no estar sometidos/as a sanción o condena penal que impida, en su estado el acceso a la función pública
Los candidatos deberán presentar el modelo de Solicitud, que figura como Anexo I en la presente resolución, debidamente cumplimentado, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.