La presente orden tiene por objeto convocar, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, el procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación para unidades de competencia de distintas cualificaciones profesionales, de conformidad con el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Unidades de competencia y número de plazas convocadas.
1. Las unidades de competencia objeto de acreditación al amparo de la presente orden son las recogidas en el Anexo I, pertenecientes a las siguientes cualificaciones profesionales:
- a) ADG305_1: Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales.
- b) ADG308_2: Actividades de gestión administrativa.
- c) COM412_1: Actividades auxiliares de comercio.
- d) ELE481_1: Operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de equipos eléctricos y electrónicos.
- e) FME031_1: Operaciones auxiliares de fabricación mecánica.
- f) HOT093_2: Cocina.
- g) HOT223_2: Repostería.
- h) IMP118_1: Servicios auxiliares de estética.
- i) IMP120_2: Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje.
- j) IMP121_2: Cuidados estéticos de manos y pies.
- k) IFC298_2: Montaje y reparación de sistemas microinformáticos.
- l) IFC299_2: Operación de redes departamentales.
- m) IFC300_2: Operación de sistemas informáticos.
- n) FME352_2: Montaje y puesta en marcha de bienes de equipo y maquinaria industrial.
- o) SSC089_2: Atención sociosanitaria a personas en el domicilio.
- p) SSC320_2: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
- q) TMV045_2: Mantenimiento de estructuras de carrocerías de vehículos.
- r) TMV197_2: Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos.
- s) TMV048_2: Mantenimiento del motor y sus sistemas auxiliares.
- t) TMV047_2: Mantenimiento de sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles.
2. El número total de plazas convocadas en el presente procedimiento es de 8.000 distribuidas por cualificaciones profesionales en número de 400 plazas por cada cualificación profesional. En el supuesto de que quedaran plazas vacantes en alguna de las cualificaciones profesionales, éstas podrán acumularse a las otras cualificaciones profesionales.
3. El número de plazas podrá ser ampliado, mediante Resolución del Director General de Formación Profesional y Régimen Especial, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en función del número de solicitantes que puedan ser objeto de evaluación. Se comunicará la variación del número de plazas mediante publicación en los tablones de los centros gestores, siendo objeto de publicidad en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/adultos).
Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano/a de la Unión o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
- b) Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años para los niveles II y III.
- c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
- 1.º En el caso de experiencia laboral: Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Para las unidades de competencia del nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
- 2.º En el caso de formación no formal: Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el punto 1, y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados en el artículo 12 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento. Para estudiar estos casos, el Director General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa designará al personal asesor necesario que emitirá un informe sobre la procedencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento.
No podrán participar en estos procedimientos las personas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
- a) Estar en posesión de un título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad que contenga las unidades de competencia que solicita o sus equivalentes o la acreditación parcial de la unidad o unidades de competencia que solicita.
- b) Estar matriculadas en un curso de formación profesional del sistema educativo, o realizando formación profesional para el empleo conducente a la acreditación de las unidades de competencia en que soliciten su participación.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.