Presentar la documentación completa y correctamente es uno de los requisitos fundamentales para la adecuada tramitación y concesión del Ingreso Mínimo Vital. Para ello, elija el modo de presentación de la solicitud que elija, encontrará un listado con toda la documentación a presentar que podrá revisar antes de tramitar su solicitud.
Esta documentación básica que necesitará, además de la propia solicitud debidamente rellenada y firmada, es:
- Para acreditar la identidad: DNI o NIE en el caso de extranjeros.
- Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro
- Para acreditar el domicilio en España: certificado del Padrón Colectivo Histórico, donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad.
- Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho.
- Para acreditar rentas: una declaración responsable de ingresos y patrimonio (se encuentra implícita en la propia solicitud como uno de los apartados a rellenar)
Además, y sólo en caso de encontrarse en alguna de estas situaciones, deberá presentar:
- En supuestos de incapacitación judicial: Sentencia que lo acredite
- En supuestos de acogimiento: Resolución judicial o administrativa que lo acredite
- En supuestos de separación judicial o divorcio: Sentencia judicial de separación/divorcio y en su caso convenio regulador sellado por el juzgado.
- En el supuesto de separación de hecho o si la separación o el divorcio están en trámite: Copia diligenciada por el Juzgado de la demanda de separación o divorcio, o copia de la denuncia de abandono del hogar familiar, o convenio regulador sellado y diligenciado por el Juzgado o, por último, testimonio de la aprobación judicial de las medidas provisionales en que se acuerde la guarda y custodia.
- En el supuesto de parejas de hecho en las que no existe convivencia: Documento judicial que atribuya la guarda y custodia de los hijos comunes a un determinado progenitor o a ambos de forma compartida.
- En supuestos de violencia de género: Sentencia condenatoria por delito de violencia de género. Orden de protección o medidas cautelares, informe del Ministerio Fiscal o informe de servicios sociales, servicios especializados o servicios de acogida.
- En supuestos de víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual: Informe emitido por los servicios públicos y/o servicios sociales encargados de la atención integral a estas víctimas.
- En supuestos menor emancipado: Acreditación mediante documento público, resolución judicial o certificado del Registro Civil.
Cómo presentarla
En la actualidad se puede solicitar telemáticamente con y sin certificado digital.
- Si dispone de certificado electrónico o usuario y contraseña en cl@ve lo puede solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social pinchando aquí y seleccionando el método de autenticación. Deberá adjuntar la documentación necesaria y el modelo oficial de solicitud que puede descargar en este enlace. Tiene la opción de utilizar este servicio con la ayuda de una persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve y que actuará en calidad de representante, para ello deberá presentar también un modelo de representación como el que puede descargar aquí.
- Si no dispone de certificado digital o usuario y contraseña en cl@ve podrá utilizar el servicio habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social para su solicitud sin certificado al que puede acceder desde este enlace o bien desde la Sede Electrónica, clicando en acceso sin certificado digital. En ambos casos accederá a un formulario para rellenar con los datos del solicitante y de los posibles beneficiarios que formen parte de la unidad de convivencia que sustituye al modelo de solicitud. Además, deberá adjuntar sus documentos identificativos y la documentación necesaria para resolver la solicitud.
El modelo oficial de solicitud es también el que deberá presentar en caso de que decida solicitar el IMV por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS de su lugar de residencia o presentarlo en el registro de cualquier administración pública junto a la documentación arriba descrita.
Asimismo, ese modelo será el que se utilice para su solicitud presencial, una vez que la situación sanitaria permita la apertura de la atención al público en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
Solicitud firmada y otras instrucciones
Uno de los requisitos fundamentales a la hora de presentar la solicitud es que debe estar firmada por el solicitante y los miembros de la unidad de convivencia.
Por ello, si va a solicitar el IMV telemáticamente y no dispone de impresora y escáner puede rellenar el formulario (tanto el modelo oficial como el virtual para la presentación sin certificado) y adjuntar junto al formulario una imagen (fotografía en alguno de los formatos admitidos como jpg o pdf) de la acreditación de su voluntad de solicitar la prestación mediante un escrito firmado por usted y todos los integrantes de la unidad de convivencia, indicando bajo la firma el nombre y apellidos de cada uno.
Un ejemplo sería copiar de forma manuscrita en un papel, con letra clara y legible, este texto o alguno similar:
«Sirva este escrito que acompaño a mi solicitud de fecha……….como acreditación de mi voluntad de solicitar el ingreso mínimo vital.
Firmado:
En ese documento debe figurar su nombre, apellidos, firma manuscrita y número de DNI/NIE del solicitante y, en caso de haberlos, el nombre, apellidos, firma manuscrita para cada miembro de la unidad de convivencia.
Otra alternativa es firmar en la pantalla táctil de su móvil o tablet utilizando una aplicación que lo permita si elige esta vía para su presentación.
Tanto en el modelo oficial de solicitud como en el formulario on-line de la web https://imv.seg-social.es/ encontrará tanto las instrucciones para cumplimentar la solicitud, como la documentación a presentar.
Ampliar documentación o subsanar errores
Una vez presentada su solicitud si necesita ampliar la documentación o subsanar errores, bien porque se lo reclama el INSS o se ha percatado usted del error, podrá adjuntar esta nueva documentación por los mismos canales utilizados para la presentación.
Para ello deberá conservar el número de registro electrónico asignado si lo presenta con certificado digital o el código de solicitud (CSV) que obtendrá si lo presenta sin certificado digital.
Es importante que no utilice de nuevo el servicio para enviar otra vez su solicitud, sino que cualquier modificación se realice utilizando estos códigos.
Por último, recuerde que si no sabe si tiene derecho a percibirlo, puede probar el simulador habilitado para ello pinchando en este enlace. Además, puede resolver sus dudas a través del teléfono gratuito 900 20 22 22 o utilizando a ISSA, el asistente virtual de la Seguridad Social, accesible tanto en la web como en la Sede Electrónica.
Fuente: Gobierno de España