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24 plazas de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad Autónoma de Madrid


En aplicación del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la modificación del Anexo I de las bases de la convocatoria, de la Resolución de la Universidad Autónoma de Madrid, de 18 de diciembre de 2018 («BOE» del 27)

Se convocan pruebas selectivas para cubrir veinticuatro plazas de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad Autónoma de Madrid, por el sistema de concurso-oposición en turno libre y dos por el turno de reserva a personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán, en su caso, a las de acceso general.

Requisitos de los candidatos

2.1 Nacionalidad: ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, siempre que no esté separado de derecho, sus descendientes y los descendientes del cónyuge de españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, siempre que no estén separados de derecho. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

2.2 Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.

2.3 Titulación: estar en posesión, o en condiciones de obtener, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio (BOE de 17 de junio) –por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en el Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación– modificada mediante Orden EDU 520/2011, de 7 de marzo, y demás normativa vigente en la materia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación en España.

2.4 Capacidad: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

2.5 Habilitación: no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados, ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.6 Haber abonado la tasa por derechos de examen a que se refiere la base 4.9, salvo en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma.

Se abre un nuevo un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», con los mismos requisitos y procedimiento que figuran en las bases de la convocatoria. Aquellos interesados que en el plazo inicial hayan presentado solicitud no deberán presentar una nueva.

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