Convocatoria de Ingreso de Personal Laboral Fijo para consolidación de Empleo Temporal y Tasa de Reposición en el Grupo Renfe y constitución de Bolsas de Reserva
Estas bases tienen por objeto regular los aspectos comunes a los procesos de selección de personal laboral, tanto para cubrir puestos motivados por la tasa de reposición aprobada y de consolidación de empleo temporal, como para la constitución de bolsas de reserva para los procesos de selección en los que se especifique, que tendrán validez hasta el siguiente proceso selectivo para puestos similares, o como máximo hasta el 30 de junio de 2018.
Los puestos a convocar pertenecen a los siguientes subgrupos profesionales:
- 115 Operadores Comerciales de Ingreso N2.
- 115 Operadores de Ingreso de Mantenimiento y Fabricación.
- 375 Maquinistas de Entrada:
- 366 para Cuadros de servicio de tráficos de ámbito nacional.
- 9 para Cuadros de servicio de tráficos transfronterizos con Francia.
Los puestos de trabajo tendrán como referencia las condiciones laborales y retributivas establecidas en el I Convenio Colectivo del Grupo Renfe para cada uno de los subgrupos profesionales ofertados.
Del total de plazas convocadas, se reservan 2 plazas de Operador Comercial de Ingreso N2 para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2, del artículo 4, del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión, siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto convocado, por poseer las condiciones mínimas de capacidad médico-laboral establecidas en el convenio colectivo.
El Grupo Renfe podrá determinar la ubicación geográfica de los puestos convocados, atendiendo a las necesidades existentes, en el momento de la resolución de la convocatoria.
Requisitos generales de los solicitantes
Los requisitos que deben reunir los solicitantes a 14 de septiembre de 2017, y que deberán mantener en el momento de la formalización del contrato, para poder participar en la convocatoria son los siguientes:
- Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) n.º 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.
- También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad, que vivan a cargo de sus progenitores.
- De igual forma, también podrán participar quienes, no estando incluidos en los anteriores apartados, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
- Conocimiento adecuado del castellano. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, los candidatos que no posean la nacionalidad española y no sea deducible de su origen el conocimiento adecuado del castellano no deberán realizar una prueba previa de conocimiento del mismo, ya que las pruebas selectivas establecidas en estas bases implican por sí mismas la demostración de su conocimiento.
- Haber cumplido la edad legal de contratación prevista para cada puesto de trabajo.
- Cumplir los requisitos contractuales conforme a la legislación vigente en materia de permisos de trabajo o cualquier otra que la sustituya.
- Estar en posesión de la titulación académica exigida en las bases de cada una de las Convocatorias que se publiquen. Si la titulación fuera obtenida en el extranjero, deberá acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.
- No estar separado del servicio o declarado “no apto” para el desempeño de las funciones esenciales del puesto ofertado, aunque sea temporalmente, ni haber sido despedido disciplinariamente por hechos acaecidos en el ámbito del Grupo Renfe.
- No haber tenido un contrato de trabajo extinguido con el Grupo Renfe por dimisión expresa o tácita del trabajador o por la no superación del periodo de prueba, en ambos casos en un puesto similar al que opte en este proceso.
- No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.
- No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
- Cumplir con los requisitos establecidos legal y convencionalmente para los puestos de trabajo ofertados en la convocatoria.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración, organismo o empresa pública o participada por las mismas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo de cargos públicos para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios, o para ejercer cualquier tipo de función en el caso del personal laboral.
- En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su estado, en los mismos términos, el acceso a las funciones o puestos de trabajo públicos citados en el párrafo anterior.
- No haber sido objeto de despido disciplinario ni hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de funciones públicas, de conformidad con lo establecido en la ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
La convocatoria se publicará en la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación, y en el portal corporativo Interesa.
Toda la información necesaria y derivada de la presente convocatoria se publicará, en su momento, en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa.
El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día 15 de septiembre y finalizará el día 29 de septiembre de 2017, ambos incluidos.
Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente convocatoria.
Toda la información en el siguiente enlace: OFERTA DE EMPLEO EN RENFE