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Convocadas 253 plazas Auxiliar Enfermería en el Servicio de Salud Balear


Convocatoria de un concurso-oposición para cubrir 253 plazas vacantes de personal estatutario de la categoría de auxiliar de enfermería dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares

Se convoca un concurso-oposición para cubrir 253 plazas vacantes de personal estatutario de la categoría de auxiliar de enfermería (grupo C2) dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares, correspondientes a la oferta de empleo público para 2015, 2016 y 2017, de acuerdo con la distribución siguiente:

  • a) 134 plazas para el turno libre, 10 de las cuales corresponden a la reserva para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, sin perjuicio de que tenga que acreditarse la capacidad funcional para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento.
  • b) 119 plazas para el turno de promoción interna, 8 de las cuales corresponden a la reserva para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, sin perjuicio de que tenga que acreditarse la capacidad funcional para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento.

Para ser admitidos en este proceso selectivo, los aspirantes deben cumplir los requisitos siguientes:

  • a) Tener la nacionalidad española o la de cualquier estado de la Unión Europea o la de algún estado al que sea aplicable la libre circulación de trabajadores en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España. También pueden participar (cualquiera que sea su nacionalidad) los cónyuges de españoles y de ciudadanos de otros estados de la Unión Europea siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes que sean menores de 21 años o que tengan la condición de dependientes y sean mayores de dicha edad.
  • b) Tener cumplidos 16 años de edad y no sobrepasar la edad máxima de jubilación forzosa.
  • c) Tener el título de técnico/técnica en cuidados auxiliares de enfermería (ciclo formativo de grado medio, rama sanitaria) o de formación profesional de primer grado en la rama sanitaria. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, hay que acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • d) De acuerdo con la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, los aspirantes deben acreditar los conocimientos de catalán correspondientes al certificado B1.
  • e) Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento correspondiente.
  • f) El aspirante no debe haber sido separado del servicio —por medio de un expediente disciplinario— de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni debe estar inhabilitado con carácter firme para ejercer funciones públicas ni para la profesión correspondiente.
  • g) En el caso de las personas de otros estados mencionados en el párrafo a, el aspirante no debe estar inhabilitado por sanción o pena para acceder a funciones o a servicios públicos en un estado de la Unión Europea, ni debe haber sido separado de ninguna de sus administraciones ni ninguno de sus servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria por medio de una sanción disciplinaria.
  • h) Hay que satisfacer los derechos de examen por el importe que se detalla en la base 3.8, salvo que se trate de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que están exentas de pagar cualquier tasa.
  • i) No tener la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría y especialidad a la que se opta, cualquiera que sea su situación administrativa.

Los interesados en participar en este proceso selectivo pueden cumplimentar la solicitud por medio del trámite telemático publicado en el web siguiendo las recomendaciones que se publican en el anexo 4 de esta resolución. Una vez cumplimentada, deben imprimirla y presentarla en un registro oficial. La simple inscripción telemática no tiene validez.

El plazo para presentar solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). Si el último día es inhábil, debe entenderse que el plazo se prorroga hasta el primer día hábil siguiente. Hasta el 29 de septiembre de 2017

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