Compromisos adquiridos por los Servicios Públicos de Empleo en la atención a las personas desempleadas.
El objeto de este real decreto es establecer la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y su contenido como uno de los elementos vertebradores de la Estrategia Española de Activación para el Empleo
Los Servicios Públicos de Empleo podrán prestar los servicios a sus usuarios directamente a través de sus propios medios o a través de entidades colaboradoras habilitadas para ello.
En la prestación de servicios se procurará la cooperación entre agentes públicos y privados y con los agentes sociales y otras entidades colaboradoras.
En particular, los Servicios Públicos de Empleo promoverán la colaboración con las agencias de colocación.
La prestación de los servicios a los usuarios podrá realizarse de manera presencial, a través de las oficinas públicas de empleo y de las de sus colaboradores, o a través de medios técnicos o tecnológicos no presenciales dispuestos a tal efecto
Los servicios incluidos en la Cartera Común del Sistema Nacional de Empleo son los siguientes:
- a) Servicio de orientación profesional.
- b) Servicio de colocación y de asesoramiento a empresas.
- c) Servicio de formación y cualificación para el empleo.
- d) Servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.
Toda la información sobre los compromisos que adquiere el Servicio Público de empleo Estatal con la aprobación de esta cartera de servicios en el BOE