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Aprobada la «Cartera Común de Servicios» del Sistema Nacional de Empleo.


Compromisos adquiridos por los Servicios Públicos de Empleo en la atención a las personas desempleadas.

El objeto de este real decreto es establecer la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y su contenido como uno de los elementos vertebradores de la Estrategia Española de Activación para el Empleo

Los Servicios Públicos de Empleo podrán prestar los servicios a sus usuarios directamente a través de sus propios medios o a través de entidades colaboradoras habilitadas para ello.

En la prestación de servicios se procurará la cooperación entre agentes públicos y privados y con los agentes sociales y otras entidades colaboradoras.

En particular, los Servicios Públicos de Empleo promoverán la colaboración con las agencias de colocación.

La prestación de los servicios a los usuarios podrá realizarse de manera presencial, a través de las oficinas públicas de empleo y de las de sus colaboradores, o a través de medios técnicos o tecnológicos no presenciales dispuestos a tal efecto

Los servicios incluidos en la Cartera Común del Sistema Nacional de Empleo son los siguientes:

  • a) Servicio de orientación profesional.
  • b) Servicio de colocación y de asesoramiento a empresas.
  • c) Servicio de formación y cualificación para el empleo.
  • d) Servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.

Toda la información sobre los compromisos que adquiere el Servicio Público de empleo Estatal con la aprobación de esta cartera de servicios en el BOE


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