Se convocan becas para estudiantes que en el curso académico 2023-2024, cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional.
Beneficiarios: Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando algunas de las siguientes enseñanzas:
1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional:
- a) Primer y segundo cursos de bachillerato.
- b) Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de formación profesional realizados en los centros docentes militares.
- c) Enseñanzas artísticas profesionales.
- d) Enseñanzas deportivas.
- e) Enseñanzas artísticas superiores.
- f) Estudios religiosos superiores.
- g) Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
- h) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.
- i) Ciclos Formativos de Grado Básico.
2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:
- a) Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado y de máster, incluidos los estudios de grado y máster cursados en los centros universitarios de la defensa y de la guardia civil, así como los cursados en el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A.
- b) Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
- c) Complementos de formación para acceso u obtención del título de máster y créditos complementarios para la obtención del título de grado. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
Solicitudes: La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es o en https://www.educacionyfp.gob.es
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
El plazo para presentar la solicitud de beca tanto para estudios universitarios como no universitarios se extenderá desde el día 27 de marzo de 2023 hasta el 17 de mayo de 2023, a las 24,00 hora peninsular, ambos inclusive.
Componentes de las becas y cuantías:
1. Cuantías fijas. Serán las siguientes:
- a) Beca de matrícula para estudiantes universitarios. La cuantía de la beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos de que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2023-2024.
- b) Cuantía fija ligada a la renta del estudiante: 1.700,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
- c) Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar: 2.500,00 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios
- d) Cuantía fija ligada a la excelencia académica: entre 50 y 125 euros tanto para estudiantes universitarios como no universitarios.
- e) Beca básica para estudiantes no universitarios: 300,00 euros. En el caso de los becarios que cursen Ciclos Formativos de Grado Básico esta cuantía será de 350 euros.
2. Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros.
Información sobre la tramitación de la beca: El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, en el apartado «Mis expedientes». Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la administración educativa o universidad correspondiente identificándose como interesados en el expediente con su NIF/NIE.
Además, en la página web de este Ministerio https://www.educacionyfp.gob.es podrá consultarse la situación de tramitación de las solicitudes en cada una de las universidades y administraciones educativas.
Se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/681847)
Toda la información en el siguiente enlace: Becas y ayudas a alumnos de niveles postobligatorios
Breve resumen con toda la Información de Interés:
¿Cuáles son las principales novedades de las becas para el próximo curso?
- Aumentan de 1.600 a 2.500 euros las becas de residencia para estudios postobligatorios, que beneficiarán a unos 125.000 alumnos y alumnas. Esta medida tendrá especial incidencia en familias de entornos rurales cuyos hijos e hijas deben desplazarse a otras localidades para poder estudiar.
- Habrá una ayuda complementaria de 400 euros para los estudiantes de niveles educativos no universitarios que acrediten una discapacidad de, al menos, un 33%, trastorno grave de conducta, de la comunicación/lenguaje o del espectro autista (TEA) para sufragar los gastos adicionales que sus familias deben afrontar. Se estima que llegará a unos 240.000 alumnos y alumnas.
¿Cuáles son los plazos para solicitar y cobrar las becas?
El 17 de marzo se publicó la convocatoria para estudiantes que en el curso académico 2023-2024 cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional.
Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando:
- Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional
- Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional.
El plazo para presentar la solicitud de beca tanto para estudios universitarios como no universitarios se extenderá desde el día 27 de marzo de 2023 hasta el 17 de mayo de 2023, ambos inclusive.
Se aconseja no dejar la solicitud de las becas para el último día porque el Ministerio puede pedir datos que estén en documentos que el solicitante tendrá que buscar o consultar.
Durante los meses de agosto o septiembre, los solicitantes sabrán si cumplen las condiciones y, en caso afirmativo, podrán percibir la beca en el último trimestre del año.
¿Cómo hay que solicitar las becas?
Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
¿Cómo sé si me la han concedido la ayuda?
El interesado podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, en el apartado «Mis expedientes». Asimismo, podrá dirigirse a la unidad de becas de la administración educativa o universidad correspondiente identificándose en el expediente con su NIF/NIE.
Además, en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional podrá consultarse la situación de tramitación de las solicitudes en cada una de las universidades y administraciones educativas.
¿Qué tipos de becas y ayudas al estudio ofrece el Gobierno para el curso 2023/2024?
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- Beca general para estudios universitarios:
– Curso de acceso a la universidad para mayores de 25 años (impartido por universidades públicas)
– Enseñanzas universitarias para títulos de grado y de máster. Están incluidos: estudios de grado y máster en centros universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil; créditos complementarios o complementos de formación para acceder u obtener el título de máster o grado. No se incluyen en esta convocatoria de becas: estudios de tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización y títulos propios de las universidades.
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- Beca general para estudios no universitarios:
– Bachillerato
– Cursos de acceso y de preparación para pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para acceso a ciclos formativos de grado medio y superior, impartidos en centros públicos y privados concertados
– Formación Profesional de grado medio y de grado superior
– Enseñanzas artísticas: profesionales y superiores
– Enseñanzas de idiomas en Escuelas Oficiales, incluida la modalidad a distancia
– Enseñanzas deportivas
– Estudios religiosos superiores
– Formación Profesional de Grado Básico
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- Ayudas de apoyo educativo. Están dirigidas a personas que presentan una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de alguna de las siguientes situaciones:
– Discapacidad
– Trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje
– Trastorno del espectro autista
– Altas capacidades
Cuantías de las becas
Las becas incluirán alguna o algunas de las siguientes cuantías:
Cuantías fijas
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Beca de matrícula.
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Cuantía fija ligada a la renta del estudiante
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Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar.
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Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico
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Beca básica.
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Cuantía variable
La beca podrá incluir, asimismo, una cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar.
Fuente: Gobierno de España