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La JCyL abrirá una Bolsa de empleo por la falta de Secretarios en los Ayuntamientos


El consejero de la Presidencia, Jesús Julio Carnero, ha anunciado hoy que la Junta aprobará, en próximas fechas, el Decreto por el que se regulan los procedimientos de selección y nombramiento de funcionarios interinos para desempeñar puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional y se crean y regulan las bolsas de trabajo autonómicas para la provisión interina de dichos puestos.

La necesidad de creación de nuevos puestos reservados para llevar a cabo las funciones de tesorería y la escasa oferta de empleo público para estas plazas, ha hecho que, con demasiada frecuencia, las entidades locales, ante la falta de funcionario de carrera con habilitación nacional, tengan que recurrir a la figura del funcionario interino, por lo que resulta imprescindible la existencia de una regulación para su nombramiento ágil, adaptada a la normativa actual y que proporcione seguridad jurídica tanto a los aspirantes como a las propias entidades locales.

A este respecto, el consejero de la Presidencia ha manifestado que “son varios los problemas que se pretenden solucionar con la redacción de este nuevo Decreto como, por ejemplo: la escasa formación de algunos aspirantes nombrados, debido a que no se exigía la superación de ninguna prueba selectiva para poder ser nombrado en un puesto, la escasa permanencia en el puesto, la falta de agilidad en el funcionamiento de la bolsa de trabajo creada para la subescala de Secretaría Intervención, o la inexistencia de bolsas de trabajo para las Subescalas de Secretaría de Entrada y de Intervención Tesorería”.

Ahora, con el nuevo Decreto, se establecen dos procedimientos, a los que pueden acudir las entidades locales cuando lo necesiten y siempre que sea posible, conforme a la legislación básica del Estado:

1º. El proceso selectivo de cada entidad local será un concurso oposición donde el examen, de carácter eliminatorio, tendrá dos partes (una teórica y un supuesto práctico), y los méritos a valorar que se establecen en el Decreto son los mismos que se valorarán en las bolsas de trabajo autonómicas, con el objeto de que haya homogeneidad en todos los procesos convocados por todas las entidades locales.

2º. Creación de 3 bolsas de trabajo autonómicas provincializadas (una para cada subescala):

La bolsa de la subescala de Secretaría de Entrada y la de la subescala de Intervención Tesorería estarán integradas, únicamente, por la relación de aspirantes enviada a la comunidad autónoma por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), formada por aquellas personas que hubieran superado uno o varios exámenes de la última convocatoria de oposiciones.

La bolsa de la subescala de Secretaría Intervención tendrá dos partes: la primera sección estará integrada por la relación de aspirantes enviada por el INAP, formada por las personas que hubieran superado uno o varios exámenes de la oposición, y la segunda sección estará integrada por aquellas personas que, cumpliendo los requisitos, presenten la solicitud con sus méritos y superen un curso de acceso, con un mínimo de 100 horas, organizado por el órgano directivo autonómico competente en materia de Administración Local. Para superar el curso de acceso es necesario superar un examen presencial sobre los contenidos del curso.

Beneficios directos para los ayuntamientos

Con todo este proceso uno de los principales beneficios para los ayuntamientos ha de ser que se consiga una mayor permanencia temporal por parte de sus secretarios evitando así la volatilidad actual de estos puestos. Y, además, con este Decreto las corporaciones locales verán que se podrá establecer un procedimiento más ágil del que existe actualmente para gestionar las bolsas por la Dirección de Administración Local, con la utilización de medios electrónicos.

Para conseguir la deseada estabilidad se establecen determinadas consecuencias negativas para los aspirantes que rehúsen injustificadamente a un puesto ofrecido de la bolsa o para los funcionarios interinos que renuncien voluntariamente.

Además, se establece la obligación, para los aspirantes, de relacionarse electrónicamente con la Comunidad Autónoma, al entender que los candidatos a un puesto de habilitado nacional en una entidad local son un colectivo de personas que tienen la capacidad y conocimientos (se requiere para el acceso licenciatura, ingeniería, arquitecto o grado) para poder relacionarse de manera electrónica con la Junta de Castilla y León.

Para facilitar el conocimiento de los funcionarios de carrera de aquellos puestos que necesitan un funcionario con habilitación nacional, se centraliza en la web de la Junta de Castilla y León la publicación de todos los anuncios de interinidad al efecto de que estos funcionarios de carrera, si les interesa, puedan solicitar los puestos.

Fuente: Jcyl


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