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Bolsa de trabajo para Secretarías de Ayuntamientos en Castilla y León


La Junta de Castilla y León dispone que antes del último trimestre de cada año natural, por resolución del titular de la Dirección General competente se abrirá un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para que los interesados soliciten su inclusión en la bolsa de trabajo, la valoración de nuevos méritos o la exclusión de la misma, determinando los requisitos de mantenimiento de la bolsa de trabajo y recogiendo el modelo de solicitud tanto de admisión como de acreditación de nuevos méritos susceptibles de valoración. En caso de solicitar la exclusión de la bolsa de trabajo del ejercicio anterior, ésta se formalizará mediante escrito dirigido a la Dirección de Administración Local.

Se abre un plazo de quince días hábiles para la presentación de nuevas solicitudes de admisión en la bolsa de trabajo, para el desempeño en régimen de interinidad de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de Secretarías, Clase Tercera, mediante nombramiento de funcionario interino.

Asimismo, durante el citado plazo, podrán aportar nuevos méritos de valoración aquellos que formasen parte de la bolsa de trabajo del año 2022, no siendo necesario presentar nueva solicitud de admisión.

Aquellos que deseen excluirse de la anterior bolsa de trabajo, podrán en el plazo indicado anteriormente solicitar la exclusión de la citada bolsa.

Dicho plazo empezará a contarse desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente resolución.

Tanto las solicitudes de admisión en la bolsa de trabajo como las de aportación de nuevos méritos a valorar podrán presentarse por medios electrónicos a través del formulario teletramitable habilitado al efecto en la página web de la Junta de Castilla y León https://www.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionPublica/es/Plantilla100/1145269670340/_/_/_ o presencialmente utilizando el modelo que figura en el Anexo II del Decreto 32/2005, de 28 de abril, acompañado de los requisitos señalados en el mismo. La solicitud de exclusión de la anterior bolsa de trabajo, se formalizará a través de los mismos medios, dirigida a la Dirección de Administración Local.

Fuente: RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2022, de la Dirección de Administración Local, por la que se abre el plazo de presentación de solicitudes para formar parte de la bolsa de trabajo, aportar nuevos méritos o excluirse de la bolsa de trabajo, para desempeñar puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional de secretarías, clase tercera, mediante nombramiento como funcionario interino.


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