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Bolsas de empleo para el operativo de prevención y extinción de incendios de Castilla Y León


La presente convocatoria tiene por objeto constituir bolsas de empleo para cada una de las competencias funcionales y ámbitos provinciales que se determinan a continuación, con la finalidad de seleccionar personal laboral temporal para la prestación de servicios en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales dependiente de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

COMPETENCIAS FUNCIONALESPROVINCIAS
Oficial 1.ª Conductor (Grupo III) (art. 119 Convenio Colectivo)Ávila, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria
Escucha de incendios (Grupo V) (art. 119 Convenio Colectivo)Ávila, Burgos, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Zamora.
Peón de montes (Grupo V) (art. 119 Convenio Colectivo)Ávila, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria

Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, los de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente podrán participar los extranjeros con residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.

2) Haber cumplido los dieciocho años de edad o cumplirlos dentro del plazo de presentación de solicitudes y no haber cumplido la edad máxima de jubilación. La mayoría de edad se exige en cumplimiento de las limitaciones que establece la legislación laboral y la normativa reguladora de la prevención de riesgos laborales, por el carácter de la prestación laboral y dado que se trata de actividades que entrañan riesgos específicos.

3) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias de la competencia funcional que se solicita.

4) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, ni pertenecer mediante vínculo de carácter fijo a la misma competencia funcional a la que se presenta.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

5) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación, y en su caso, permiso, exigidos para la competencia funcional a la que opte, o poseer la competencia funcional reconocida en relación con aquella a la que se presenta:

COMPETENCIA FUNCIONALTITULACIÓN
Oficial de 1.ª Conductora) Titulación académica equivalente a bachillerato, bachillerato unificado polivalente, formación profesional de técnico superior o técnico especialista o competencia funcional reconocida en ordenanza laboral o Convenio Colectivo. b) Permiso de conducir de las clases C+E o D+E.
Escucha de incendiosNivel de formación básico equivalente a certificado de escolaridad o certificado de haber cursado un programa de garantía social o similar o competencia funcional reconocida en ordenanza laboral o Convenio Colectivo
Peón de montesNivel de formación básico equivalente a certificado de escolaridad o certificado de haber cursado un programa de garantía social o similar o competencia funcional reconocida en ordenanza laboral o Convenio Colectivo

A estos efectos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 28.1,c del vigente Convenio Colectivo se entenderá por competencia funcional reconocida la que, con un contenido funcional equivalente al especificado en el Convenio colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta, haya sido desempeñada en la empresa en que se alegue que se ha ostentado por un período igual o superior al establecido como período de prueba.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o en condiciones de obtenerla.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León» e irán dirigidas a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de la provincia en cuya bolsa pretenda integrarse el solicitante, como órgano gestor del procedimiento

Fuente: ORDEN PRE/34/2022, de 17 de enero, por la que se efectúa convocatoria pública para la constitución de las bolsas de empleo de personal laboral temporal que presta servicios en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales dependiente de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, y se establece el procedimiento para su gestión y funcionamiento.


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