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33 bolsas de empleo en el Ayuntamiento de Barcelona: Psicólogos, Auxiliares, Trabajadores Sociales….


El objeto de esta convocatoria es la ampliación de diferentes bolsas de trabajo del Ayuntamiento de Barcelona en las categorías que constan en el Anexo I.

  1. BS2021_2011 – TS Arquitectura
  2. BS2021_2310 – TS Arte e Historia
  3. BS2021_2311 – TS Archivística
  4. BS2021_2210 – TS Ciencias
  5. BS2021_2914 – TS Ciencia de Datos
  6. BS2021_2710 – TS Derecho
  7. BS2021_2811 – TS Economía
  8. BS2021_2012 – TS Ingeniería
  9. BS2021_2711 – TS Gestión
  10. BS2021_2610 – TS Información
  11. BS2021_2110 – TS Medicina
  12. BS2021_2119 – TS Medicina del trabajo
  13. BS2021_2116 – TS Microbiología
  14. BS2021_2912 – TS Organización
  15. BS2021_2513 – Pedagogía TS
  16. BS2021_2512 – Psicología TS
  17. BS2021_2117 – TS Química
  18. BS2021_2115 – TS Salut Pública
  19. BS2021_2915 – TS TIC
  20. BS2021_2111 – TS Veterinaria
  21. BS2021_1020 – Gestor/a
  22. BS2021_2021 – TM Arquitectura
  23. BS2021_2822 – TM Educación Social
  24. BS2021_2022 – TM Ingeniería
  25. BS2021_2824 – TM Fisioterapia
  26. BS2021_2121 – TM Enfermería
  27. BS2021_2823 – TM Logopedia
  28. BS2021_2925 – TM TIC
  29. BS2021_2821 – TM Trabajo Social
  30. S2021_2430 – TA Gestión y Salud
  31. BS2021_2630 – Laboratorios TA
  32. BS2021_1040 – Auxiliar
  33. BS2021_2049 – Auxiliar Laboratorio

Para tomar parte en esta convocatoria, las personas aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de otros Estados miembros de la Unión Europea o la de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/ras.

Igualmente, pueden participar, sea cual sea su nacionalidad, el/la cónyuge de español/ao de nacional de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado/a de derecho, y sus/s sus descendientes y los/las descendientes del/de la cónyuge, siempre que no estén separados/adas de derecho, sean menores de 21 años o mayores de esa edad dependientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público.

En todos los casos, cuando finalice el proceso, las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española tendrán que acreditar documentalmente su nacionalidad, o en su caso, el vínculo de parentesco con el/la nacional en virtud del cual se presentan y , en el caso de descendientes mayores de 21 años, el hecho de vivir a su cargo. Igualmente, estas personas aspirantes tendrán que presentar declaración jurada o promesa hecha por el/por la nacional, en la que éste/a manifieste fehacientemente que no está separado/a de derecho de su/de su cónyuge.

b) Poseer la capacidad funcional para el ejercicio de las tareas.

c) Haber cumplido los 16 años de edad y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.

d) Estar en posesión del título que se indica en el anexo I por cada una de las categorías convocadas

Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es necesario disponer de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

e) No ser funcionario/a de carrera o contratado/a laboral fijo del Ayuntamiento de Barcelona en la misma categoría a la que aspiren ingresar.

f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro estado, no debe encontrarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su estado, en los mismos términos, acceder a el empleo público.

g) Únicamente para las categorías de TS Psicología, TS Pedagogía, TM Trabajo Social y TM Educador Social también, no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, tal y como especifica el apartado 5 de el artículo 13 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código civil y de la Ley de enjuiciamiento civil, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia

Para presentar la solicitud, los solicitantes dispondrán de un plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

Fuente y más información: ANUNCIO sobre convocatoria de la ampliación de diferentes bolsas de trabajo del Ayuntamiento de Barcelona en varias categorías


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