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103 plazas categoría de Celador/a en la Red Hospitalaria de la Defensa


Se convocan dos procesos selectivos:

  • En el primero de estos procesos selectivos, de ingreso por el sistema general de acceso libre, se convocan 41 plazas a cubrir de la categoría de Celador/a, de las cuáles, corresponden 18 a la Oferta de Empleo Público para el año 2017, 4 a la Oferta de Empleo Público para el año 2019, y 19 a la Oferta de Empleo Público para el año 2020.
  • En el segundo de estos procesos selectivos, de estabilización de empleo temporal, se convocan 62 plazas de la categoría de Celador/a, correspondientes a las ofertas de empleo público de estabilización para 2017 y 2018.

Distribución territorial plazas por categorías/especialidades convocatoria OEP 2017, 2019 y 2020

CategoríaCupo general localidadCupo general localidadReserva discapacidad localidadReserva discapacidad localidadPlazas reserva militarPlazas reserva militarTotal
Últimos 10 años compromiso localidad

Resto localidad

Últimos 10 años compromiso localidadResto localidad
MadridZaragozaMadridZaragozaMadridMadridZaragozaZaragoza
Celador/a.152612130241

Distribución territorial plazas por categorías/especialidades convocatoria Estabilización 2017 y 2018

CategoríaCupo general localidadCupo general localidadReserva discapacidad localidadReserva discapacidad localidadTotal
MadridZaragozaMadridZaragoza
Celador/a.5615062

Es necesario estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Certificado de Escolaridad, o equivalente para esta categoría, expedido por el órgano competente, habiendo finalizado la formación exigida para su obtención, al terminar el plazo de presentación de solicitudes.

Los aspirantes con titulación obtenida en el extranjero, deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.

Requisitos de los candidatos

Los aspirantes que participen en cualquiera de los dos procesos selectivos convocados deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos generales de participación:

1 Nacionalidad.

1.1 Tener la nacionalidad española.

1.2 También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:

a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

2 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se derivan del nombramiento.

3 Edad. Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

4 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme, para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En caso de los nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado, por sanción o pena o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria para el ejercicio profesional o para acceso a funciones o servicios públicos en su Estado ni haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos.

5 No poseer plaza en propiedad en la categoría/especialidad en la que participe, como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.

6 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

7 Tasas: Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellos aspirantes que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la base 7.6 de esta convocatoria.

Plazo de presentación de candidaturas hasta el el 24/09/2021

Fuente y más información: 


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